Las familias con un menor con discapacidad a cargo tienen derecho a recibir una prestación por hijo a cargo con discapacidad, una pensión anual que está a cargo de la Seguridad Social y que es específica para las familias con hijos con discapacidad, sin tener en cuenta la vulnerabilidad económica.
Para poder acceder a esta pensión por discapacidad será necesario cumplir con una serie de requisitos, siendo el fundamental el tener a cargo una persona con discapacidad que dependa económicamente de la renta familiar, sea hijo o esté en régimen de acogida.
La ayuda se proporciona por hogar, esto quiere decir que en el caso de las parejas convivientes o los matrimonios, la ayuda llegará solo a nombre de uno de los adultos.
Requisitos para recibir la pensión por discapacidad por hijo a cargo
Al igual que ocurre con otras pensiones o prestaciones, para poder acceder a la ayuda por hijo a cargo de deben cumplir una serie de condiciones.
¿Cuáles son esos requisitos? A continuación te los contamos:
- Ser padre, adoptante o acoger a un menor de 18 años con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%
- Residir legalmente en España o estar cotizando para la Seguridad Social en España
- No tener derecho a prestaciones de naturaleza similar en cualquie otro régimen público de protección social
Si cumples con estos requisitos teniendo a cargo un menor con discapacidad, podrás solicitar esta ayuda anual.
Cuantía de la prestación por hijo con discapacidad a cargo
La cuantía de la prestación por hijo dependerá del grado de discapacidad y de la edad del mismo. Las familias con hijos mayores de 18 años, por ejemplo, recibirán una cuantía diferente a las familias con hijos menores de 18 años a cargo.
Estas son las cuantías de la ayuda:
- Las familias con menos de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 33% recibirán 1.000 euros anuales que se ingresarán en la cuenta corriente que se haya proporcionado dos veces al año. Eso quiere decir que cada seis meses recibirán 500 euros. Por norma general se realiza el ingreso en enero y en julio.
- Las familias con hijos mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65% recibirán una cuantía de 5.012,40 euros anuales.
- Las familias con hijos mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior del 75% con necesidad de una tercera persona para sus cuidados, recibirán una cuantía de 7.519,20 euros anuales.
En el caso de los hijos mayores de 18 con discapacidad recibirán la cuantía de forma mensual y no anual como en el primer caso. Igualmente, las cantidades son fijas y no dependerán de los ingresos de las familias. Tampoco será necesario un límite de recursos económicos para solicitarla.
¿Cómo solicitar esta ayuda económica?
Esta pestación por hijo a cargo está a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por lo que se tramitará a través de ella. Podrás hacerlo directamente en las oficinas pidiendo cita previa o hacerlo de forma online.
La solicitud tendrá que entregarse junto a los siguientes documentos:
- Copia del DNI del solicitante y del hijo a cargo
- Certificado de empadronamiento
- Libro de familia o certificado de las partidas de nacimiento de los hijos
- Título acreditativo de familia numerosa (si se da el caso)
- Documento que acredite la tutela o la curatela
- Certificado de Discapacidad o justificante de haberlo solicitado
- En caso de divorcio se tendrá que adjuntar la sentencia de divorcio o demanda de separación, el convenio regulador y/o el documento donde se recoja quién tiene la guardia y custodia del hijo
La prestación acabará de forma automática cuando el menor cumple 18 años o cuando se caduca la tarjeta de discapacidad. Si se trata de un menor, en el momento en el que se renueve la discapacidad, se podrá solicitar la prestación de nuevo.
Si el menor cumple 18 años, deberá volver a tramitar la prestación para poder recibir la ayuda correspondiente. En estos casos es necesario que la discapacidad reconocida sea mayor del 65%.