El Congreso de los Diputados ha dado luz verde para que los trabajadores de un nuevo grupo de profesión puedan anticipar el momento de su jubilación en España. Se trata de una enmienda presentada por Junts y que ha contado con el voto de la mayoría de partidos.
En concreto, se podrán aplicar coeficientes reductores que permitan anticipar la edad de jubilación a los trabajadores sanitarios que desarrollen su actividad profesional en medios aéreos.
Los nuevos trabajadores que podrán anticipar su jubilación
Esta enmienda impulsada por Junts ha contado con el voto a favor del PSOE y Sumar. También ha tenido el voto positivo del exministro socialista José Luis Ábalos, que actualmente se encuentra integrado en el Grupo Mixto.
Por su parte, la enmienda ha tenido el voto en contra de partidos como PP, UPN y PNV. Otros partidos políticos como ERC, Podemos, Vox y Bildu se han abstenido en la correspondiente votación en el Congreso.
Hay que recordar que el Gobierno de España se encuentra ultimando la normativa que regulará los coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación en actividades penosas. Al respecto, la ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, asegura que dicha normativa «verá la luz en las próximas semanas».
Así, en relación a esta nueva normativa, el Congreso de los Diputados ha aprobado una enmienda para anticipar la edad de jubilación del personal sanitario que ejerce su actividad profesional en medios aéreos.
Desde Junts argumentan que existen multitud de estudios que aconsejan dotar a este colectivo de trabajadores de flexibilidad y capacidad para anticipar su edad de jubilación. Por tanto, se trata de una gran noticia para todas aquellas personas que ejercen dicha profesión en España.
Aún habrá que esperar unas semanas para que vea la luz la nueva normativa de la Seguridad Social sobre coeficientes reductores que permitan adelantar la edad de jubilación a los trabajadores que desarrollen determinadas profesiones en España.
Jubilación anticipada por grupo de profesión
La Seguridad Social establece una edad de jubilación ordinaria en España. Sin embargo, existen diferentes circunstancias por las que es posible adelantar la edad de jubilación. En algunos casos, anticipar la jubilación implica una penalización en la cuantía de la pensión contributiva.
En 2025 la edad de jubilación ordinaria en España es de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años y tres meses. Por su parte, es de 66 años y ocho meses para las personas con una cotización inferior a 38 años y tres meses.
Así, la Seguridad Social contempla la jubilación anticipada por razón de grupo o actividad profesional. Es decir, los trabajadores de determinadas profesiones pueden jubilarse antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación.
Al respecto, desde la Seguridad Social señalan que «la edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca, se encuentren en situación de alta o asimilada a la de alta y cumplan los demás requisitos generales exigidos».
En este contexto, el Gobierno de España aprobará próximamente una nueva normativa sobre coeficientes reductores que permitan adelantar la edad de jubilación a una serie de profesionales.