El Congreso de los Diputados del Gobierno de España ha aprobado una modificación fiscal que exime del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) a las personas que perciban el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) durante el año 2025.
Además, esta nueva normativa también supone un beneficio para las personas que ingresan menos de 18.276 euros anuales, a los que se les aplicarán deducciones de manera gradual. Se trata de una medida de gran relevancia para millones de personas.
Las personas que cobren el SMI quedarán exentas del IRPF
En este año 2025 se ha producido un aumento del Salario Mínimo Interprofesional a 16.576 euros anuales. Supone un importe de 1.184 euros al mes en 14 pagas. Inicialmente, desde el Gobierno de España pretendían que el SMI estuviese sujeto a IRPF.
Sin embargo, se ha aprobado una reforma fiscal que exime del IRPF a las personas que perciban el SMI. Además, aquellas personas que cobren un salario entre 16.576 y 18.276 euros anuales podrán disfrutar de una deducción de hasta 340 euros en la Declaración de la Renta.
La medida se ha introducido a través de una enmienda en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro de circulación de vehículos de motor. Así, ha sido impulsada por el PSOE, Sumar y BNG.
En concreto, la deducción que se aplica es de 340 euros anuales cuando los ingresos del trabajador sean inferiores al SMI. Dicha deducción se irá reduciendo de manera progresiva hasta los 18.276 euros. Así se recoge en la nueva normativa.
Si un trabajador tiene ingresos entre el SMI y 18.276 euros anuales, habrá que restar a esos 340 euros el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales. La fórmula para calcular dicha deducción es la siguiente: 340 euros – 0,2 x (tus rendimientos – 16.576 euros).
¿Qué personas se beneficiarán de la reforma?
Hasta el momento, en torno al 20% de las personas que cobran el Salario Mínimo han tenido retenciones en el IRPF en su nómina. Hablamos de aproximadamente medio millón de trabajadores. Con esta nueva enmienda, todas las personas que cobran el SMI quedan exentas del IRPF.
El Congreso aprueba la exención del IRPF para el SMI.
🌹 Una buena noticia para 2,5 millones de personas, que tendrán mayor poder adquisitivo.
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— PSOE Congreso (@gpscongreso) June 10, 2025
Los ciudadanos a los que se le haya retenido el correspondiente importe durante el año 2025, deberán presentar la Declaración de la Renta en 2026 para recibir la devolución del IRPF por parte de Hacienda. Es decir, la Declaración de la Renta referente al ejercicio fiscal del año 2025.
En caso de que una persona que cobra el SMI no presente la Declaración de la Renta, podría estar soportando una carga fiscal de hasta un máximo de 300 euros anuales. Sin embargo, gracias a esta nueva enmienda, todas las personas perceptoras del Salario Mínimo Interprofesional están exentas de abonar el IRPF. Para ello, es imprescindible presentar la Declaración de la Renta en 2026.
Así, el Gobierno no ha optado por elevar el mínimo exento del IRPF hasta la cuantía anual del SMI vigente y se ha decantado por la fórmula descrita anteriormente para dejar exentos del pago del IRPF a las personas perceptoras del Salario Mínimo. Esto se debe a que podría suponer un coste de entre 1.700 y 2.000 millones de euros para el Estado, según las estimaciones de la Agencia Tributaria.