Una mujer ha obtenido el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta debido a las secuelas de una intervención de hernia discal. Además, también ha logrado una indemnización de 20.000 euros por el daño moral ocasionado.
Esta mujer trabajadora entró a quirófano en el mes de julio de 2018. Entonces, pensaba que se iba a someter a una operación menor por la hernia discal que padecía. A pesar de ello, salió con un implante consistente en una caja intersomática en las vértebras, que se trata de una operación de mayor complejidad. Además, también sufrió importantes complicaciones de manera derivada.
Incapacidad permanente absoluta por hernia discal
Posteriormente, en febrero de 2019, necesitó pasar nuevamente por el quirófano. Así, esta segunda operación le ocasionó a la paciente «graves secuelas», como un dolor constante invalidante, incontinencia urológica e imposibilidad de tener hijos.
Por todas estas circunstancias, a esta mujer se le reconoció una incapacidad permanente absoluta y un grado de discapacidad igual o superior al 45%. De este modo, se trata de una situación bastante invalidante para la persona afectada.
Debido a toda esta situación, la mujer interpuso un recurso en el que reclamaba una indemnización de 331.996,46 euros, más los intereses legales, por los daños ocasionados tras la intervención quirúrgica. Todo ello, contando con la representación de la abogada Carmen Romero, del despacho ‘Mata & Romero Abogados’.
No obstante, la sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Consellería de Sanidad a indemnizar en solo 20.000 euros a la paciente. Esta indemnización económica responde a los años morales derivados de las complicaciones tras su intervención de hernia discal.
La parte demandante reclamaba una responsabilidad de la Administración debido a un «defectuoso» control postoperatorio y a la «demora injustificada» para el tratamiento de las complicaciones surgidas a raíz de la cirugía.
No se informó correctamente a la paciente sobre la operación
Tras analizar todas las pruebas presentadas, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana admite que no se informó correctamente a la paciente sobre la operación, en la que posteriormente sufrió complicaciones.
Así, la parte demandante presentó un informe pericial en el que se recoge que la operación fue «una actuación mucho más agresiva y diferente, sin que la inspección médica o el informe de orientación nos indique que exista una asociación inevitable entre ambas».
En este sentido, la sentencia judicial establece que «apreciamos la existencia de una ausencia de consentimiento respecto a la artrodesis y colocación de la caja intersomática que supone la existencia de un daño indemnizable».
Por todo ello, el TSJCM ha determinado que la Consellería de Sanidad debe pagar a la mujer una indemnización de 20.000 euros por el daño moral ocasionado. Hay que recordar que, como consecuencia de estas complicaciones, a esta mujer se le reconoció una discapacidad del 45% y una incapacidad permanente absoluta para toda profesión.
A pesar de todos estos elementos, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana considera que no existe negligencia en la intervención quirúrgica. Tampoco ve ninguna evidencia de que se produjera un retraso en la operación.
En relación a una posible negligencia, desde el TSJCM argumentan que no hay soporte técnico pericial suficiente para corroborar tal afirmación. Del mismo modo, añaden que no consta identificada una deficiencia o error alguno en la intervención inicial ni en la hoja de la operación.