La Comunidad de Madrid se ha marcado un objetivo que pasa por mejorar la accesibilidad a las viviendas de los ciudadanos de su región. Para ellos, pueden solicitar ayudas directas de hasta 12.500 euros para mejorar la accesibilidad y la eficiencia energética en las viviendas de los 6.000 beneficiarios previstos. El ejecutivo liderado por Isabel Díaz Ayuso va a destinar a esta enmienda un total de 25,5 millones de euros.
Como anunciaba en una nota la Comunidad de Madrid, al anunciar dicha inversión, el objetivo de esta iniciativa pasaba por subvencionar «actuaciones como la instalación de ascensores, rampas y plataformas elevadoras que faciliten el acceso y, así, mejoren la autonomía de las personas con discapacidad o movilidad reducida y su permanencia en el domicilio».
Tercera convocatoria para mejorar la accesibilidad de las viviendas de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid ha informado que esta es la tercera convocatoria de estos incentivos a través de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, que cubren hasta un 60% del coste de la obra en función del tipo de vivienda sobre el que realicen los trabajos de accesibilidad, pudiendo llegar hasta un máximo de 12.500 euros.
Sobre las personas que pueden beneficiarse de estas ayudas, debemos destacar que serán las siguientes personas:
- Propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila
- Propietarios o usufructuarios de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva
- Propietarios o usufructuarios de viviendas incluidas en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva
- Administraciones públicas y demás entidades de derecho público, propietarias de las viviendas
- Comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios
- Sociedades cooperativas de viviendas
- Propietarios, que de forma agrupada, sean propietarios de edificios
- Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, así como cooperativas
Además, se ha explicado que la Comunidad de Madrid «no procederá la solicitud de ayuda si se hubiera obtenido subvención de la Comunidad de Madrid para la misma actuación en convocatorias anteriores. Esta circunstancia será causa de exclusión automática de la solicitud».
Sobre el tipo de obras que se pueden llevar a cabo con esta subvención, la Comunidad de Madrid confirma que son las siguientes:
- Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, automatismos para la apertura de puertas u otros dispositivos de accesibilidad
- Instalación o dotación de productos de apoyo, tales como grúas o artefactos análogos, así como sistemas de guiado
- Instalación de elementos de información, comunicación o aviso, tales como señales visuales, sonoras o vibrotáctiles
- Instalación de productos de apoyo a la audición, tales como bucles magnéticos
- Instalación de dispositivos de comunicación entre la vivienda y el exterior, tales como videoporteros
- Instalación de dispositivos de alarma en ascensores
- Instalación domótica para favorecer la autonomía personal
- Intervenciones que faciliten la accesibilidad universal en el interior de las viviendas (vías de circulación, baños y cocinas)
- Intervenciones que mejoren el cumplimiento de las condiciones DB-SUA
Importe y requisitos de los edificios y viviendas
Con respecto al importe de la ayuda, la Comunidad de Madrid señala que será de 12.500 euros por vivienda para actuaciones en viviendas unifamiliares. El importe cambiará a 9.000 euros por vivienda y 90 euros por metro cuadrado de superficie construida de local comercial u otros usos compatibles, cuando se solicite para actuaciones en edificios de tipología residencial colectiva. El importe será de hasta 6.000 euros por vivienda cuando se solicita para actuaciones en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva
Sobre los requisitos que deben de cumplir los edificios y viviendas para poder acceder a este tipo de prestaciones, debemos destacar que:
- Estar finalizados antes de 2006
- Constituir el domicilio habitual y permanente
- En edificios, el 30% de las viviendas debe ser el domicilio habitual, salvo excepciones; el 50% de la superficie construida debe tener uso residencial de vivienda y debe contarse con acuerdo de la comunidad de propietarios
- Disponer de Informe de Evaluación del Edificio (IEE), o informe técnico, según casos, con fecha anterior a la solicitud de la subvención que acredite la procedencia de la actuación
- Presentar proyecto de Ejecución de actuaciones/ Memoria técnica
- Poseer las autorizaciones administrativas correspondientes
Para más información sobre estas prestaciones puedes acceder a la web de la Comunidad de Madrid, donde se recoge todo lo relativo a las ayudas a la Rehabilitación de Edificios 2025 – Accesibilidad.