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Complemento a la pensión en 2025: quién puede recibir los 525 euros adicionales si tiene más de 65 años

El IMSERSO cuenta con complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada de 525 euros al año

Manuel Ruiz Berdejo López
18/03/2025 20:00 - Actualizado 05/06/2025 19:02
Prestaciones
El complemento a la pensión de 525 euros para las personas mayores de 65 años en 2025

El complemento a la pensión de 525 euros para las personas mayores de 65 años en 2025

Las personas mayores de 65 años cuentan con multitud de beneficios y ventajas a las que pueden acogerse ya que son uno de los colectivos vulnerables de nuestra sociedad, al igual que las personas con discapacidad. Una de las ayudas a las que pueden acogerse es el complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, que tiene un valor de 525 euros que pueden sumar las personas mayores.

Las personas mayores que quieran recibir esta ayuda deben de estar percibiendo una pensión no contributiva de jubilación o de invalidez, además de los requisitos que el IMSERSO recoge que se deben de cumplir para acceder al complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada.

Requisitos para acceder al complemento de 525 euros del IMSERSO en 2025

Como hemos indicado con anterioridad, las personas que quieran acceder al complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada deberán de cumplir una serie de requisitos, entre los que encontramos:

  • Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
  • Carecer de vivienda en propiedad.
  • Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
  • No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
  • Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

En caso de que en la misma vivienda alquilada convivan dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión no contributiva, solo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos. Para 2025, la cuantía de este complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada asciende hasta los 525 euros.

El IMSERSO informa que las personas interesadas van a poder dirigir la solicitud de este complemento a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra, y Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla, que tienen atribuida la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social. El plazo de solicitud de este complemento para 2025 finalizará el 31 de diciembre.

Requisitos para acceder a una pensión no contributiva en 2025

Entre los requisitos hemos podido ver como el IMSERSO solicita a las personas que quieran acceder a este complemento el tener aceptada una pensión no contributiva, ya sea de invalidez o de jubilación.

Por ello, a continuación vamos a mostrar cuales son los requisitos que se deben de cumplir para poder tener una de estas pensiones.

Debemos de tener en cuenta que la pensión no contributiva «asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez (con discapacidad) o personas mayores (más de 65 años) y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios».

Los requisitos que debe de cumplir una persona para acceder a la pensión no contributiva de invalidez son:

  • Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco en la fecha de la solicitud.
  • Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Discapacidad: Estar afectado de un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • Carecer de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2025, sean inferiores a 7.905,80 euros anuales.

Por otro lado, las personas que quieran acceder a la pensión no contributiva de jubilación deberán de cumplir los siguientes requisitos:

  • Edad: tener sesenta y cinco o más años.
  • Residencia: residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Carecer de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2025, sean inferiores a 7.905,80 euros anuales.

Así que ya sabes, si puedes acceder a cualquiera de estas dos pensiones no contributivas, tendrás la oportunidad de poder recibir los 525 euros que entrega el IMSERSO con el complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada.

Temas: ImsersoPensiónPersonas Mayores
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