El sistema español contempla una serie de subsidios y ayudas económicas para los ciudadanos y ciudadanas a partir de los 40 años, siempre que cumplan las condiciones establecidas previamente por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Concretamente, las personas mayores de 40 años pueden acceder al subsidio por cotización insuficiente, Renta Activa de Inserción (RAI), subsidio por desempleo con responsabilidades familiares, subsidio para mayores de 45 años sin responsabilidades familiares o el subsidio para mayores de 52 años.
Es necesario matizar que los dos más apropiados son el subsidio para mayores de 45 años y el subsidio para mayores de 52 años, debido a las particulares características.
Requisitos del subsidio para mayores de 45 años
Este es un subsidio que está dirigido a las personas con 45 años o más, que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo y no tengan responsabilidades familiares.

Así, desde el SEPE informan que si una persona que solicita el subsidio para mayores de 45 años cumpliera los requisitos para percibir el de mayores de 52 años, recibiría éste último; ya que es el más beneficioso para el ciudadano.
En cualquier caso, estos son los requisitos claves para poder ser beneficiario del subsidio para mayores de 45 años, tal y cómo se recoge en el SEPE:
- Tener 45 años o más y no haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
- Haber agotado el derecho a recibir la prestación contributiva por desempleo.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Figurar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. Se debe mantener dicha inscripción durante el transcurso de la percepción del subsidio.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento
«Los requisitos deberán reunirse en el momento del hecho causante y, además, en el de la solicitud del subsidio, de las reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio», explican desde el SEPE.
Para mayores de 52 años
La otra gran opción en este tipo de situaciones es optar al subsidio para mayores de 52 años. Cómo su mismo nombre indica, para poder percibir esta prestación es necesario tener 52 años o más, sin llegar a tener la edad ordinaria de jubilación vigente en cada momento.
Una de las grandes ventajas del subsidio para mayores de 52 años es que se puede cobrar hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Para ello, es necesario seguir cumpliendo los requisitos que dieron origen al derecho de cobrar la prestación en un primer momento.
Además, otro de los grandes beneficios de esta percepción, es que mientras dura el cobro de la prestación se puede seguir cotizando a la Seguridad Social. Desde el SEPE informan que «ka entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».