La pensión de incapacidad permanente es una prestación económica contributiva que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconoce a los trabajadores que han visto reducida o anulada su capacidad laboral. Es una prestación que trata de paliar la pérdida de ingresos que sufren estos trabajadores debido a su situación.
En España existen cuatro grados diferentes de incapacidad permanente en función del grado de inhabilitación de una determinada actividad laboral. Si bien, los grados también marca la cuantía económica a percibir por la pensión que corresponda:
- Parcial para la profesión habitual: Ocasiona al trabajador una reducción no inferior al 33% del rendimiento para dicha profesión. No implica tener que dejar el trabajo actual.
- Total para la profesión habitual: Inhabilita al trabajador para desarrollar su profesión habitual, pero puede compatibilizar la pensión con otra actividad laboral. Eso sí, siempre que no entre en conflicto con el grado de incapacidad reconocido.
- Absoluta para todo trabajo: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
- Gran Invalidez: Es similar a la absoluta, pero además se acredita que el trabajador necesita la ayuda de una tercera persona para las acciones básicas de la vida.
Respecto a la incapacidad permanente absoluta y la Gran Invalidez, desde la Seguridad Social aclaran que «puede realizar actividades compatibles con su estado. A partir de la edad de acceso a la jubilación, es incompatible con el trabajo por cuenta propia o ajena».
Cómo saber si un empleo es compatible con la incapacidad reconocida
En muchas ocasiones, los beneficiarios de una pensión incapacidad permanente tienen dudas sobre si la incapacidad reconocida es compatible con una determinada actividad laboral.
En este caso, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ explican que existen varios factores a tener en cuenta a la hora de establecer la posible compatibilidad entre la pensión de incapacidad permanente que se percibe y una actividad laboral:
- Motivo por el que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la Justicia reconocieron la pensión de incapacidad permanente.
- Limitaciones que ha provocado la situación de incapacidad permanente.
- Las principales tareas y exigencias que requiere el empleo.
Cada persona puede analizar estos factores. Sin embargo, para evitar caer en cualquier tipo de ilegalidad o poner en riesgo la pensión de incapacidad permanente, siempre es recomendable consultar a un especialista que examine la posible compatibilidad.
Aspectos claves de incapacidad permanente y actividad laboral
La normativa referente a las pensiones contributivas de incapacidad permanente, establece que la persona beneficiaria de una pensión de este tipo debe informar de forma anticipada a la Seguridad Social de la intención de regresar al mercado laboral.
Para ello, es fundamental rellenar un formulario de la Seguridad Social en el que se debe cumplimentar todos los datos requeridos por la Administración.
El punto crucial de este formulario es el apartado 3. En él, el trabajador debe explicar cómo es el empleo y las funciones que llevará a cabo, para dejar claro por qué motivos es compatible con nuestra pensión de incapacidad permanente.
Una vez que esto sucede, el INSS estudia la posibilidad o no de revisar la pensión de incapacidad permanente en cuestión. Además, una revisión en este sentido no implica la retirada de la incapacidad, aunque cabe la posibilidad.
Finalmente, podría suceder que el INSS retire el derecho a una incapacidad permanente por incompatibilidad con una actividad laboral. Aunque normalmente se procede previamente a una revisión de la pensión.
Como conclusión, los especialistas de ‘CampmanyAbogados‘ detallan que «de lo que hay absoluta certeza es que si tu nuevo trabajo es claramente incompatible con tus lesiones, no van a dudar en anular tu prestación tras el debido procedimiento. Por este razón, ser cautelosos en este asunto es muy importante!.