Las cotizaciones a la Seguridad Social son un aspecto fundamental a la hora de acceder a la futura pensión contributiva de jubilación. Por eso, muchas personas tienen serias dudas sobre las posibles cotizaciones que se pueden cumplir durante la percepción de una prestación o subsidio por desempleo.
En este sentido, desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explican que se mantendrá la cotización por jubilación mientras se cobra la prestación contributiva del paro. Es uno de los supuestos que mantiene la administración pública.
Por norma general, durante la percepción de un subsidio por desempleo, no se mantienen las cotizaciones por jubilación. Sin embargo, el SEPE contempla varias excepciones a tener en cuenta, relacionadas especialmente con el subsidio para mayores de 52 años.
Hay que recordar que el subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar hasta alcanzar la edad de jubilación, siempre que la persona beneficiaria siga cumpliendo los requisitos iniciales que dieron origen al derecho de obtener el subsidio.
¿Cotización al cobrar un subsidio por desempleo?
Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explican que se mantendrá la cotización por jubilación en caso de que la persona en cuestión se encuentre en algunos de los siguientes supuestos, relacionados con la percepción del subsidio por desempleo.
- Percepción del subsidio para personas mayores de 52 años, incluidas las personas trabajadoras fijas discontinuas; cuyo hecho causante haya tenido lugar a partir del 2 de marzo de 2022.
- Si es persona trabajadora fija discontinua mayor de 52 años y el hecho causante de la percepción de este subsidio se ha producido antes del 2 de marzo de 2022.
Así, ambos casos están relacionados con la percepción del subsidio para mayores de 52 años. Se trata de la única ayuda no contributiva del SEPE que permite seguir cotizando durante el periodo en el que se es beneficiario de la misma.
En los dos casos anteriores, la base de cotización por jubilación será del 125% del tope mínimo de cotización de la Seguridad Social vigente en cada momento. Así, la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación.
Por otra parte, la normativa del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) especifica que «si usted es una persona fija discontinua menor de 52 años, acredita 180 días o más de cotización y el hecho causante del subsidio ha tenido lugar antes del dos de marzo de 2022, los primeros 60 días de cobro del subsidio cotizan para la jubilación. La base de cotización por jubilación en este caso, es el tope mínimo de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento».
Estos son todos los casos en los que mantienen las cotizaciones por jubilación a la Seguridad Social mientras se percibe un subsidio por desempleo.