El 1 de enero de 2023 entró en vigor el nuevo sistema de cotización de trabajadores autónomos en España. Así, con este nuevo sistema, los trabajadores por cuenta propia afiliados al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) cotizan en función de sus ingresos netos reales mensuales.
El nuevo sistema de cotización de trabajadores autónomos se establece en 15 tramos con diferentes cuotas, cuyas cuantías varían en función de los ingresos que recibe cada trabajador.
Este nuevo sistema de cotización está confeccionado para que el trabajador autónomo con mayores ingresos pague una cuota superior al trabajador por cuenta propia que percibe unos ingresos más bajos por su actividad económica.
Nuevas medidas para los autónomos
Además, el nuevo sistema de cotización también incluye la tarifa plana para nuevos autónomos que se den de alta por primera vez en el RETA. Estos nuevos trabajadores por cuenta propia tienen la posibilidad de pagar únicamente 80 euros al mes durante el primer año de actividad.
En caso de que los ingresos del trabajador se sitúen por debajo del Ingreso Mínimo Vital (IMV) durante el primer año de actividad, la Seguridad Social permite renovar por doce meses más la tarifa plana con solo 80 euros al mes.
Puede darse el caso de un trabajador autónomo que prevea cambios en sus rendimientos netos a lo largo del año. Por ello, el nuevo sistema de cotización permite hasta seis cambios en la base de cotización durante el año. Dichas modificaciones serán efectivas en las siguientes fechas:
- 1 de marzo de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
- 1 de mayo de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
- 1 de julio de 2023, en caso de que la solicitud se formule entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
- 1 de septiembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
- 1 de noviembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
- 1 de enero del año 2024, en caso de que la solicitud de cambio se formule entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
En definitiva, la base de cotización de los trabajadores autónomos durante el año 2023 no es fija, sino que se puede modificar a lo largo del año en función de la previsión de variación de ingresos.
Cómo cambiar la base de cotización
Los cambios en la base de cotización se pueden llevar a cabo de forma online a través del portal ‘Import@ss’. Así, estos son los pasos a seguir por el trabajador autónomo:
- Acceder al portal ‘Import@ss’.
- Entra a tu área personal.
- Seguidamente, el usuario debe seleccionar entre uno de los diferentes métodos de identificación permitidos por el sistema.
- A continuación, accede a ‘Ver tus datos de autónomo’ en el apartado ‘Trabajador Autónomo’.
- Selecciona la opción ‘Cuota y Cotización’ y acto seguido ‘Modificar’. El usuario tendrá información inmediata del momento en el que se hará efectivo el cambio.
- El trabajador autónomo debe marcar los rendimientos netos previstos.
Finalmente, el trabajador por cuenta propia tendrá la posibilidad de observar el tramo de cuota que le corresponde pagar como cotización en base al rendimiento neto seleccionado.
📢🙋 #autónomos Más flexibilidad para elegir tu base de cotización con el #nuevosistemadecotización Conoce los cambios a través del siguiente enlace a la web de la Seguridad Socialhttps://t.co/190talZJ2V pic.twitter.com/JpH0RZHIZm
— Información TGSS (@info_TGSS) April 10, 2023
Como último paso, es necesario seleccionar la base de cotización y firmar la solicitud para que el cambio de la base de cotización se haga efectivo.