Entre las diferentes pensiones contributivas en España se encuentran las conocidas como pensiones de Clases Pasivas, las cuáles pueden ser desconocidas para muchos ciudadanos. Concretamente, las pensiones de jubilación de clases pasivas están destinadas a la jubilación del trabajador funcionario.
Según explican desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la jubilación del funcionario puede tener lugar por diferentes causas: Forzosa por edad, voluntaria o incapacidad permanente para el servicio. En el caso de las pensiones de Clases Pasivas, la Seguridad Social también reclama un periodo mínimo de cotización de 15 años.
Para este tipo de pensiones también es posible incluir el complemento para la reducción de la brecha de género. No obstante, desde la Seguridad Social informan que «se reconocerá únicamente a las pensiones causadas a partir del 4 de febrero de 2021».
Al respecto, la Seguridad Social informa que «las mujeres que hayan tenido uno o más hijos o hijas y que sean beneficiarias de una pensión de jubilación o retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad en el Régimen de Clases Pasivas, tendrán derecho a un complemento por cada hijo o hija. El derecho al complemento económico por cada hijo o hija se reconocerá o mantendrá a la mujer siempre que no medie solicitud y reconocimiento del complemento en favor del otro progenitor y si este otro es también mujer, se reconocerá a aquella que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía».
Pensión de jubilación de las Clases Pasivas
Hay que dejar claro que el importe de la pensión de jubilación que corresponda en las clases pasivas se obtendrá aplicando el haber regulador que corresponda, según el Cuerpo o categoría del funcionario, el porcentaje establecido en función del número de años completos de servicios efectivos al Estado.
Así, los haberes reguladores son las bases que se establecen para el cálculo de las pensiones de Clases Pasivas. Estos haberes reguladores se fijan de forma anual en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada grupo y subgrupo de clasificación de funcionarios del Estado. Para el año 2022, los haberes reguladores son los siguientes:
Grupo / Subgrupo EBEP | Haber regulador
(euros /año) |
---|---|
A1 | 44.319,59 |
A2 | 34.880,63 |
B | 30.543,65 |
C1 | 26.788,92 |
C2 | 21.194,47 |
E (Ley 30/1984) y Agrupaciones profesionales (EBEP) | 18.069,98 |
En cualquier caso, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, cuenta con un servicio disponible para calcular la cuantía de la pensión de jubilación de Clases Pasivas. A través del siguiente enlace puedes acceder al simulador de la Seguridad Social, que ofrece tanto la opción para funcionarios civiles, como para guardias civiles y militares.