El Banco de España impone una serie de requisitos a los bancos en España que deben cumplir a la hora de prestar sus servicios a los clientes. Entre estos se encuentra la posibilidad de cobrar una comisión de mantenimiento por las cuentas que estén activas en cada entidad financiera. Pero, ¿qué ocurre con aquellas que se usan de forma exclusiva para pagar hipotecas o préstamos?. En este artículo te vamos a contar si entra dentro de la legalidad que tu banco te cobre comisiones por mantener esta cuenta asociada a un servicio como este.
En primer lugar, debemos tener en cuenta algunos detalles importantes como si la cuenta se utiliza exclusivamente para este fin, o si por el contrario también usamos esa cuenta para otros gastos.
Y es que la comisión para pagar las cuotas del préstamo de la cuenta con la que estamos pagando un préstamo del banco es totalmente legal. Eso sí, existen algunas condiciones y requisitos impuestos por el Banco de España que deben cumplir las entidades bancarias para que todo sea correcto.
¿Qué ocurre si solo uso la cuenta para pagar el préstamo del banco?
En el caso de que estés utilizando una cuenta solo para afrontar el pago de los gastos de un préstamo, es decir, cubrir el costo de los servicios prestados por un banco por conceder tu préstamo, debes saber que el Banco de España permite cobrar una comisión de mantenimiento de la cuenta. Así que el banco puede cobrar cada mes un servicio extra por el mantenimiento de la cuenta.

Eso sí, en el contrato del préstamo asociado debe aparecer si existe esta comisión. Y cuál es el precio que debes pagar por ello. Esto es muy importante que esté reflejado en la información precontractual que se aportó al cliente antes de la firma.
Y es que así tendrás la seguridad de que tu banco no puede cambiar el precio del coste de mantenimiento de la cuenta. Y es que este tiene prohibido cobrar más por este concepto, a no ser que el banco y el cliente acuerden un cambio del contrato que incremente el coste del cargo.
¿Y si se utiliza para pagar otros conceptos?
En el caso de que utilices la cuenta para pagar otros gastos y servicios, la normativa referida anteriormente no se aplica. Es decir, tu banco puede decidir libremente cuál es el cargo que se establece por el mantenimiento de esa cuenta bancaria.
Además, según la normativa del Banco de España tiene permitido cambiar el precio de este concepto siempre que quiera. Eso sí, está en la obligación de notificar a su cliente con al menos dos meses de antelación antes del cambio del coste del mantenimiento.