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Estoy cobrando el paro y quiero ser autónomo, ¿cuándo extingue la prestación por desempleo?

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) extinguirá el derecho a cobrar la prestación por desempleo si cumples con unos límites de tiempo

RD Tododisca RD Tododisca
08/08/2023 10:30 - Actualizado 04/06/2025 19:21
Prestaciones
Hombre pensando con un ordenador

Ayudas del SEPE para personas en paro

Estar en situación de desempleo no es plato de buen gusto para nadie. Por ello, los trabajadores autónomos suelen comenzar su actividad por cuenta propia cuando pasan un tiempo sin encontrar un empleo. Y es que a pesar de que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tenga como objetivo conceder prestaciones para incentivar la economía de las personas en paro, lo cierto es que las cuantías no suelen ser muy cuantiosas.

Por ello, muchas personas en edad laboral activa piensan en emprender un negocio que les haga ganar dinero llevando a cabo proyectos y labores propias. En este sentido, una de las preguntas más comunes es, ¿cuándo dejo de cobrar el paro si empiezo un trabajo como autónomo?. ¿Es compatible la prestación por desempleo del SEPE con el trabajo por cuenta propia?.

Desde el organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, apuntan en el momento en el que una persona desempleada se da de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) «en general se interrumpe el abono de la prestación». No obstante, todo ello dependerá del tiempo que dure la actividad.

¿CUÁNDO SE EXTINGUE EL DERECHO A COBRAR EL PARO SI TE HACES AUTÓNOMO?

Como hemos dicho antes, es muy común que las personas en situación de desempleo comiencen una actividad por cuenta propia. Durante el tiempo en el que están cobrando la prestación. Por esta razón, es importante que todos conozcamos cuándo dejamos de cobrar el paro si nos damos de alta como autónomos.

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Ante esta situación, el SEPE afirma en su página web que: «Si está cobrando prestaciones por desempleo e inicia una actividad como persona trabajadora por cuenta propia de duración inferior a 60 meses, se suspenderá la prestación. Y si se sobrepasa dicho periodo, se extinguirá».

Es decir, si estás cobrando el paro y comienzas a trabajar como autónomo, existen dos casos en los que dejarás de cobrar esta prestación del SEPE:

  • Si el trabajo por cuenta propia es de duración igual o superior a 60 meses.
  • Si el trabajo por cuenta propia tuvo una duración igual o superior a 24 meses e inferior a 60 meses. Y la persona trabajadora no se dio de alta como trabajador o trabajadora por cuenta propia en alguno de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social.

Por esta razón, los expertos aconsejan que si queremos seguir cobrando el paro y ser autónomos al mismo tiempo, lo mejor es que antes de llegar a ese período de tiempo límite ceses la actividad como autónomo. Ya que esta es una manera práctica de poder seguir percibiendo el paro que te quedase acumulado.

¿CÓMO REANUDAR LA PRESTACIÓN DEL SEPE?

Si te has dado de alta como autónomo y el SEPE extinguió tu derecho a cobrar el paro no te preocupes, todavía puedes volver a cobrar esta prestación por desempleo. Para ello, debes cumplir con unos requisitos establecidos por el organismo.

⚠️ Antes de solicitar tu prestación o subsidio debes darte de alta como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de tu comunidad autónoma 👉 https://t.co/V7e8OTzeok

➡️ La demanda de empleo corresponde al Servicio Público de Empleo de tu comunidad, no al SEPE. pic.twitter.com/TbreKqus0d

— SEPE (@empleo_SEPE) August 8, 2023

En este sentido, podrás reanudar la prestación si cumples los siguientes requisitos:

  • Si el trabajo por cuenta propia ha sido inferior a 24 meses, aunque no se haya dado de alta como trabajador o trabajadora por cuenta propia incluido dentro de alguno de los regímenes de la Seguridad Social.
  • Si la duración del trabajo por cuenta propia ha sido superior a 24 meses e inferior a 60 meses y se ha dado de alta como trabajador o trabajadora por cuenta propia en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

Es importante que cumplas con un plazo de 15 días hábiles siguientes al cese en el trabajo por cuenta propia. En este caso, el derecho al cobro nacerá a partir del día siguiente al cese.

En ese momento, el SEPE informa que los interesados podrán elegir entre percibir esta prestación. O continuar percibiendo la protección por desempleo que quedó suspendida.

Estoy cobrando el paro y quiero ser autónomo, ¿cuándo extingue la prestación por desempleo?
RD Tododisca
Sobre el autor ▼
Equipo de redacción de Tododisca. Especializados en trámites, pensiones, jubilación, personas con discapacidad, dependientes, personas mayores y accesibilidad. Desde 2013, en Tododisca nos dedicamos a ayudar a todas las personas que necesitan información sobre trámites, ayudas o subsidios, todo ello asesorados por expertos en discapacidad y accesibilidad. El equipo está compuesto por especialistas en el sector de la economía, las prestaciones o el empleo para asesorar de la mejor forma a los lectores en cada momento.
Temas: Desempleo
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