La edad ordinaria para acceder a la jubilación en España en 2023 es de 66 años y cuatro meses para las personas que han cotizado menos de 37 años y nueve meses a la Seguridad Social. Las personas con una cotización igual o superior a 37 años y nueve meses pueden jubilarse con 65 años y el 100% de la base reguladora en la pensión.
Sin embargo, determinados ciudadanos pueden jubilarse en España en 2023 desde los 52 años. Se trata de la jubilación anticipada por discapacidad, que permite acceder a la jubilación desde los 52 años a las personas con un grado de discapacidad reconocido de, al menos, el 65%.
Por su parte, las personas con un grado de discapacidad del 45% o más, sin llegar al 65%, pueden acceder a la jubilación anticipada desde los 56 años de edad. Es decir, varios años antes del cumplimiento de la edad ordinaria vigente.
Jubilación por discapacidad con 52 años
Para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad desde los 52 años se deben cumplir una serie de requisitos básicos. El primero de ellos es tener reconocida una discapacidad de, al menos, el 65%.

Además, la Seguridad Social exige haber cotizado durante 15 años en la vida laboral, independientemente que dichas cotizaciones hayan tenido lugar con la discapacidad del 65% reconocida o no.
Hay que recordar que la Seguridad Social exige una cotización de, al menos, 15 años durante la vida laboral para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación. Además, para la modalidad ordinaria se solicita que dos de esos años de cotización se integren en los últimos 15 antes de la jubilación.
Hasta el momento, los trabajadores autónomos no tienen derecho a acogerse a la jubilación anticipada por discapacidad del 65%. Sin embargo, si tienen la posibilidad de acogerse a la jubilación anticipada por discapacidad del 45%.
Requisitos de la Seguridad Social
Los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ explican que para acogerse a la jubilación anticipada por discapacidad del 65% «no se ha de justificar en ningún momento la naturaleza de la enfermedad o lesión que causó la discapacidad, ya que esta puede ser cualquiera».
En el caso de personas con una discapacidad del 65%, la edad de jubilación correspondiente baja un año por cada cuatro años trabajados con la discapacidad reconocida. Así, el mínimo de edad para acogerse a esta modalidad es de 52 años.
Puede darse el caso de que la persona en cuestión necesite la ayuda de terceras personas para realizar las actividades cotidianas del día a día, además de tener reconocida la discapacidad del 65%. En este caso, la edad de jubilación correspondiente puede descender dos años por cada cuatro cotizados con el grado de discapacidad acreditado. Eso sí, siempre teniendo en cuenta el límite de los 52 años de edad.
Como conclusión, los expertos de ‘CampmanyAbogados‘, explican que la cuantía de la pensión «se calcula igual que la jubilación ordinaria. Y, además, el período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación computa como cotizado a efectos de determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora para calcular la cuantía de la pensión. Tanto si hablamos de discapacidad del 45% como del 65% o más».






