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Centro Residenciales para Personas Mayores. Como solicitar una plaza

Los centros residenciales tienen como objetivo ofrecer servicios especializados y de cuidado a personas mayores que quieran mejorar su calidad de vida 

RD Tododisca RD Tododisca
27/10/2020 10:38 - Actualizado 01/07/2025 13:52
Sociedad
Residencia de personas mayores

Residencia de personas mayores

Los centros residenciales para personas mayores del Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) son establecimientos destinados al alojamiento temporal o permanente de personas mayores.

Dentro de esto se incluye los servicios y programa de intervención adecuadas a las necesidades de las personas objeto de atención, dirigida a la consecución de una mejor calidad de vida y a la promoción de su autonomía personal.

Objetivos de los centros residenciales para personas mayores

Tal y como informa el Imserso, ofrece, desde un enfoque biopsicosocial, servicios continuados, de carácter personal y sanitario; unos de carácter básico, como alojamiento, manutención, asistencia en las actividades básicas de la vida diaria, y atención social y sanitaria.

También ofrece otros servicios especializados, de prevención, asesoramiento y orientación para la promoción de la autonomía, atención social, habilitación o atención asistencial y personal; atención médica, psicológica, de enfermería, terapia ocupacional y rehabilitación funcional.

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La prestación de este servicio puede tener carácter permanente, cuando el centro residencial se convierta en la residencia habitual de la persona; o temporal, cuando se atiendan estancias temporales de convalecencia o durante vacaciones; fines de semana y enfermedades o períodos de descanso de los cuidadores no profesionales.

El Imserso presta el servicio de atención residencial en su Residencia Mixta de Mayores de Melilla; y también a través de la actuación concertada de plazas residenciales en instituciones públicas o privadas.

Personas beneficiarias

De los centros residenciales podrán beneficiarse las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Haber alcanzado la edad de 60 años.
  • No padecer enfermedad infectocontagiosa o enfermedad clínica que requiera atención imprescindible en centro hospitalario.
  • No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en el centro, ni demencia senil avanzada que requiera tratamiento en un centro psiquiátrico.
  • Haber obtenido, conforme al baremo en vigor, la puntuación exigida en cada momento para el ingreso en la residencia solicitada.
  • No haber sido sancionado con expulsión definitiva de un Centro Residencial del Imserso.
  • Ser pensionista del sistema de la Seguridad Social o del sistema público de pensiones o tener derecho a las prestaciones de servicios sociales del mismo, en virtud de ley o de convenio internacional. No obstante, los españoles que habiendo residido en el extranjero retornen a España y no puedan acreditar el período de residencia exigido para tener derecho a la pensión no contributiva de la Seguridad Social podrán acceder a las plazas residenciales de los centros para personas mayores financiados con créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado y en aquellos concertados en los que la Administración del Estado contribuya a su financiación.
  • Que el pensionista esté valorado como persona con discapacidad intelectual cuando se soliciten plazas en Centros especializados para personas con discapacidad intelectual, mayores de 50 años.
  • Podrán adquirir la condición de residente en el centro residencial el cónyuge o pareja del beneficiario, aunque éstos no hayan alcanzado la edad de 60 años.

Personas en situación de dependencia

Con carácter excepcional y previo estudio pormenorizado de cada caso, el órgano competente podrá autorizar el ingreso; como acompañantes del beneficiario, de familiares de éste, hasta el segundo grado de consanguinidad. Siempre que reúnan los requisitos de no padecer enfermedad infectocontagiosa, enfermedad crónica en estado terminal o enfermedad clínica que requiera atención imprescindible en centro hospitalario; no padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en el centro; ni demencia senil avanzada que requiera atención imprescindible en un centro psiquiátrico y acrediten su dependencia respecto del beneficiario.

Las personas en situación de dependencia, que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y en sus normas de desarrollo, podrán ser, cuando así se determine por las Direcciones territoriales de Ceuta y Melilla, en base al Programa Individual de Atención, titulares del servicio de atención residencial.

¿Dónde puedo presentar la solicitud?

Las solicitudes de ingreso en la Residencia Mixta de Mayores del Imserso de Melilla, y en los centros concertados para personas mayores; se formularán, en modelo normalizado, por los beneficiarios o por sus representantes legales y podrán presentarse en:

  • La Sede Electrónica del Imserso.
  • La Dirección Territorial del Imserso en Melilla o, en su caso, en la de Ceuta.
  • Los Servicios Centrales del Imserso.
  • En cualquiera de los lugares que se detallan en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el supuesto de personas en situación de dependencia, no procede solicitud, si no que habrá de estarse a lo que establece la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

Las Direcciones Territoriales del Imserso, de Ceuta y Melilla, procederán al reconocimiento, cuando proceda, de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, entre las que se encuentra el Servicio de atención residencial, respecto de los interesados cuyo domicilio radique en estas Ciudades Autónomas.

Centro Residenciales para Personas Mayores. Como solicitar una plaza
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Equipo de redacción de Tododisca. Especializados en trámites, pensiones, jubilación, personas con discapacidad, dependientes, personas mayores y accesibilidad. Desde 2013, en Tododisca nos dedicamos a ayudar a todas las personas que necesitan información sobre trámites, ayudas o subsidios, todo ello asesorados por expertos en discapacidad y accesibilidad. El equipo está compuesto por especialistas en el sector de la economía, las prestaciones o el empleo para asesorar de la mejor forma a los lectores en cada momento.
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