Obtener una pensión de incapacidad permanente no es sencillo en la mayoría de ocasiones. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe validar diferentes elementos antes de reconocer una pensión de estas características. Como última opción, el ciudadano tiene la posibilidad de conseguir el reconocimiento de una pensión de incapacidad a través de la vía judicial.
Si bien, hay que tener en cuenta que el INSS también tiene potestad para retirar una pensión de incapacidad permanente. En concreto, existen diferentes motivos que pueden ocasionar una suspensión o extinción de la pensión de incapacidad. Así, es fundamental tener en cuenta estas causas para no caer en ellas y poner en riesgo la percepción de la pensión contributiva.
La incapacidad permanente es una pensión que se reconoce a un trabajador para paliar la pérdida de ingresos que sufre debido a una lesión o enfermedad, que reducen o anulan su capacidad laboral. De esta forma, la incapacidad puede ser para la profesión habitual o para todo oficio.
Suspensión de la pensión
Existen cuatro grados de incapacidad permanente: Parcial, Total, Absoluta y Gran Invalidez. Cualquier pensión de incapacidad permanente puede derivar de accidente de trabajo, enfermedad común, enfermedad profesional o accidente no laboral. La causa es un factor determinante respecto a los requisitos exigidos por el INSS para tener derecho al reconocimiento de un determinado grado de incapacidad.
Los grados de incapacidad permanente parcial, total, absoluta o gran invalidez siempre son susceptibles de revisión por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Dicha revisión sólo se puede realizar hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. Fruto de esta revisión se puede producir un aumento, reducción o mantenimiento del grado de incapacidad. También puede llevar a la retirada de la pensión.
Con todo ello, estos son algunos de los motivos por los que el INSS puede ordenar la suspensión de la percepción de la pensión de incapacidad permanente en 2023:
- En caso de que el beneficiario haya actuado de forma fraudulenta para obtener o conservar el derecho a la pensión.
- Si la incapacidad es debida o se ha agravado como consecuencia de una imprudencia temeraria de la persona beneficiaria.
- En caso de que la incapacidad permanente se deba a que el ciudadano ha rechazado o abandonado, sin causa aparente, el tratamiento médico prescrito durante el periodo de incapacidad temporal.
Además, el INSS también puede retirar la pensión de incapacidad permanente cuando la persona beneficiaria abandone los tratamientos o procesos de rehabilitación pertinentes. Todo ello, sin una causa razonable.
Motivos de extinción
En otro orden de cosas, también existen una serie de causas que pueden llevar a la extinción de la pensión de incapacidad permanente. Es decir, que el Instituto Nacional de la Seguridad Social retire el derecho a recibir la pensión. En concreto, puede extinguirse por tres causas muy claras:
- Revisión que muestra una evidente mejoría del estado de salud del ciudadano.
- Reconocimiento de la pensión de jubilación, cuando la persona beneficiaria opte por esta opción.
- Fallecimiento de la persona beneficiaria.
Con todo ello, es necesario recordar que las pensiones contributivas de incapacidad permanente se han revalorizado un 8,5% con respecto al año anterior. Así, los beneficiarios de estas prestaciones recibirán un aumento en sus cuantías durante todo el año 2023.