Caso viral: el fisioterapeuta que perdió su trabajo por contar intimidades en una residencia

Las empresas tiene derecho a solicitar despidos de trabajadores que no cumplan con un comportamiento ético y profesional

Caso viral: el fisioterapeuta que perdió su trabajo por contar intimidades en una residencia

Caso viral: el fisioterapeuta que perdió su trabajo por contar intimidades en una residencia

Un nuevo caso laboral ha generado impacto en redes sociales, ya que refleja las repercusiones que tiene la conducta de un trabajador para su empresa. En esta ocasión, un fisioterapeuta ha sido despedido de forma fulminante tras revelarse que compartía detalles sexuales de su vida privada con las usuarias de la residencia donde trabajaba.

Lo que más llama la atención de este caso, no es solo la conducta del trabajador. Además, también deja ver la firmeza con la que la justicia ha respaldado el despido, considerando los hechos como una vulneración grave de la dignidad tanto de las trabajadoras como de las personas mayores.

La Justicia avala el despido disciplinario

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado el despido disciplinario, en una sentencia que se ha hecho viral por la crudeza de los hechos relatados y la contundencia de su resolución.

Según el abogado Óscar Ramón, la decisión sienta un precedente claro: «la empresa no solo puede, sino que debe intervenir ante comportamientos que atenten contra la integridad moral en entornos sensibles como las residencias de mayores».

El trabajador, con contrato indefinido desde 2017, fue investigado internamente por la residencia donde prestaba servicios como fisioterapeuta. La investigación reveló que el empleado contaba a las residentes detalles íntimos y sexuales sobre sus relaciones con compañeras de trabajo, y que incluso llegó a mostrar a una usuaria fotografías de una trabajadora en ropa interior o desnuda, todo sin el consentimiento de la afectada.

La resolución es firme ante su comportamiento

En este caso, la empresa actuó con rapidez. Inició un expediente disciplinario el 17 de enero de 2024 y formalizó el despido el 1 de febrero del mismo año. Así, el trabajador sufrió inmediatamente las consecuencias de sus actos, y más tarde la justicia corroboró su falta de ética y moral profesional.

El tribunal, en la sentencia 296/2025, concluye que se ha producido una “vulneración grave de la integridad moral de las personas implicadas” y que los hechos son constitutivos de faltas muy graves según el Estatuto de los Trabajadores.

La justicia ha respaldado plenamente la actuación de la empresa en este caso, y califica los actos como “inaceptables en un entorno de cuidado y protección a personas mayores”.

«Conclusión: Esta sentencia refuerza la importancia de mantener un comportamiento ético y profesional, especialmente en entornos con personas vulnerables. Las empresas no sólo pueden, sino que deben actuar frente a conductas que atenten contra la dignidad de las personas trabajadoras y usuarias», sentencia el abogado.

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