Cuando recibimos una herencia, debemos de tener en cuenta que esta lleva anexionada unos gastos que tenemos que cubrir, entre los que se incluye impuestos sobre sucesiones o donaciones, aunque no es el único. Por ejemplo, si lo que recibimos como herencia es una vivienda, también habrá que hacer frente a la conocida plusvalía.
Aunque recibe este nombre, se trata del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). En el caso de la vivienda, este impuesto es el que se encarga de gravar el incremento del valor de la vivienda, que ya ha tenido paso con el paso de los años. Este tipo de impuesto es de carácter local, por lo que es cada Ayuntamiento el encargado de gestionarlo.
Eso sí, debemos de tener en cuenta que este tipo de impuesto, conocido como plusvalía, que se regula en el el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL). Eso sí, debemos de tener en cuenta que solo hay que pagarlo en caso de que se hereden bienes de naturaleza urbana como son pisos, casas, garajes, locales o cualquier tipo de vivienda. Sin embargo, no se aplica a las fincas rústicas.
Cuanto se paga de impuestos por heredar una casa
En primer lugar debemos de recordar que este tipo de plusvalía es un impuesto local, por lo que va a ser cada Ayuntamiento el que se encarga de determinar cual es la cuantía que se debe de abonar. Todo ello en base a unos coeficientes y al valor catastral de la vivienda.
Los expertos señalan que el valor catastral aparece en el recibo del IBI de la vivienda que se ha heredado, mientras que los citados coeficientes son los que determinada cada ayuntamiento, aunque siempre regidos por una ley.
A continuación vamos a ofrecer como varía ese coeficiente según el periodo de generación, que es el que va a cambiar la cantidad:
PERIODOS DE GENERACIÓN | COEFICIENTE |
Inferior a 1 año. | 0,15 |
1 año. | 0,15 |
2 años. | 0,14 |
3 años. | 0,15 |
4 años. | 0,17 |
5 años. | 0,18 |
6 años. | 0,19 |
7 años. | 0,18 |
8 años. | 0,15 |
9 años. | 0,12 |
10 años. | 0,1 |
11 años. | 0,09 |
12 años. | 0,09 |
13 años. | 0,09 |
14 años. | 0,09 |
15 años. | 0,1 |
16 años. | 0,13 |
17 años. | 0,17 |
18 años. | 0,23 |
19 años. | 0,29 |
Igual o superior a 20 años. | 0,45 |
Después dependerá de cada ayuntamiento el tipo de gravamen del impuesto que se va a aplicar, sin que este pueda ser superior, por ley, al 30%.
Desde el Ministerio de Hacienda han informado como se calcula este impuesto, que puede hacerse de dos maneras:
- Plusvalía Real, de este modo los contribuyentes tributarán por la plusvalía real del suelo.
- Sistema Objetivo en el que se utilizan los coeficientes máximos en función del número de años transcurridos desde que se adquirió la vivienda hasta que se hereda.
Si la vivienda no ha aumentado su valor, no se tendrá que aplicar este impuesto.
Otro impuesto al heredar una vivienda
Las autoridades fiscales suelen desempeñar un papel importante en la herencia de viviendas. Es decir, los herederos están obligados a afrontar una serie de pagos en forma de impuestos.
Debemos recordar que un patrimonio puede tener bienes y propiedades. Sin embargo, también pueden incluir las deudas y cargas del causante. Por tanto, siempre existe la posibilidad de que el heredero acepte o rechace la herencia.
En este sentido, muchas personas también pueden optar por rechazar la herencia porque no pueden pagar los impuestos correspondientes para disfrutar de la herencia. Esto es algo a tener en cuenta a la hora de heredar una casa.
Cuando se hereda una casa, hay una serie de impuestos que hay que pagar a Hacienda. Sin embargo, el importe del impuesto pagado suele depender de cada municipio. También depende del valor de la vivienda.