El Gobierno ha aprobado una ley que regula ayudas para consumidores vulnerables en la factura de la electricidad y descuentos gas natural.
Estas ayudas se van a establecer en función de la Renta de estas personas segun un marcador que se llama IPREM.
Las personas con discapacidad reconocida igual o mayor de 33% tendrán ventajas en estas ayudas porque son consideradas especialmente vulnerables.
El Gobierno ha aprobado un Real Decreto que regula la aplicación del bono social de electricidad para los consumidores vulnerables.
Este bono es un descuento en la factura eléctrica al que pueden acogerse los consumidores domésticos según su nivel de renta y determinadas circunstancias personales. Con el nuevo Real Decreto estos descuentos se aplicarán en función de la renta y no por los parámetros que se habían venido usando, como tener contratada poca potencia, percibir una pensión mínima y estar todos los miembros de la unidad familiar desempleados.
El bono social de luz aplica un descuento de entre el 25% y el 40% en la factura de la luz. Sin embargo, el porcentaje concreto depende de la categoría de consumidor vulnerable a la que corresponda cada solicitante.
Este bono social podrás solicitarlo a tu empresa comercializadora (ENDESA, IBERDROLA, Gas Natural… A TODAS).
Así, el descuento a aplicar en cada caso es el siguiente:
- Consumidor vulnerable: 25% de descuento.
- Consumidor vulnerable severo: 40% de descuento.
- Consumidor vulnerable severo con riesgo de exclusión social: 50% de descuento.
Una de estas categorías es la de personas con discapacidad. En este caso el umbral se incrementa. Los consumidores considerados «vulnerables severos» tendrán un descuento del 40% y su renta familiar deberá ser inferior a la mitad de la de los umbrales establecidos para los vulnerables.
Junto a ello el real decreto establece que en el caso de consumidores en riesgo de exclusión social, que, además de tener rentas por debajo del umbral fijado para los severos, son atendidos por los servicios sociales de su comunidad autónoma y ésta les paga al menos el 50 % del importe de su factura. A estos no se les podrá cortar la luz en caso de impago y para ello la nueva regulación establece un mecanismo por el que las comercializadoras de electricidad tendrán que hacer una aportación financiera adicional, asumiendo el resto del recibo que no cubre la comunidad autónoma.
La consideración de consumidores «vulerables» atiende a la siguiente estimación de renta:
- Que su renta o la de su unidad familiar sea igual o inferior a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas en caso de que no forma parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar.
- Que sea igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas, en caso de que haya un menor en la unidad familiar.
- Que sea igual o inferior a 2,5 veces el IPREM en 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.
Estos niveles del IPREM se anumentan en 0,5 puntos en cada caso, para personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
Pensionistas: que el solicitante (o en caso de que haya unidad familiar, todos los miembros de la misma) perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente).
Familias numerosas: todas sin excepción.
Límites en el consumo de electricidad
Los descuentos del 25% y 40% del total de la factura están sujetos a un límite en el consumo de energía, superado el cual se aplicará la tarifa PVPC sin descuento:
- Pensionistas: 1.680 kWh de electricidad consumida al año.
- Familias numerosas: 3.600 kWh/año.
- Consumidores sin menores a cargo: 1.200 kWh/año.
- Consumidores con un menor a cargo: 1.680 kWh/año.
- Consumidores con dos menores a cargo: 2.040 kWh/año.
Para más información, consultar el Real Decreto en el BOE (aquí).