Las personas que reciben una incapacidad permanente tienen la opción de acogerse a un bono con el que podrán aumentar la cuantía de la prestación que van a recibir en un 20%. Como es obvio, para acceder a esta ayuda deberá de cumplir una serie de requisitos que recoge la Seguridad Social.
En primer lugar, vamos a definir lo que es una incapacidad permanente para la Seguridad Social, que la define como «una prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta medicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral».
El objetivo de la incapacidad permanente es cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral.
REQUISITOS PARA RECIBIR EL BONO DE LA INCAPACIDAD PERMANENTE
Desde la Seguridad Social señalan que para acceder al bono que aumenta la cuantía de la incapacidad permanente en un 20% el primer requisito es que la incapacidad permanente total se convierta en una incapacidad permanente total cualificada. De esta forma, se cobra el 75% de la base reguladora.
Además, para acceder a este bono el beneficiario debe de haber cumplido 55 años o más y estar en situación de desempleo. Pero no podrá cobrar a la vez una prestación por desempleo que se haya generado por haber ejercido un trabajo anteriormente.
Debemos de tener en cuenta que la pensión de incapacidad permanente total es compatible con otras actividades laborales diferentes a la profesión habitual. Entonces, si una persona logra el aumento de la pensión de la incapacidad permanente en un 20% y después inicia una actividad laboral compatible con esta situación, no perderá el derecho a cobrar la pensión. Sin embargo, la Seguridad Social si reducirá la cuantía al 55% de la base reguladora, puesto que se ha iniciado otro trabajo.
Es decir, pierde ese 20% del bono y no podrá acceder al 75% de la cuantía de su base reguladora.
DONDE SOLICITAR EL BONO DE LA INCAPACIDAD PERMANENTE
La Seguridad Social explica que para solicitar la incapacidad permanente total cualificada y obtener el bono del 20% la persona deberá de acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Además informa de que se debe de incorporar en el formulario de acceso al servicio, la mayor cantidad posible de información de que se disponga.
Por otro lado explica que las personas deben de tener en cuenta dos aspectos:
- Si accede como representante, debe solicitar al representado que le comunique el código que recibirá en su móvil por SMS. De esta manera podrá confirmar la representación y adjuntar al final del servicio el documento normalizado de representación.
- Si accede como apoderado, deberá estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
Para más información puedes acceder a la solicitud de incremento de incapacidad permanente total con 55 años. Allí se recoge todo lo relacionado con este bono que aumentará un un 20% del porcentaje aplicable a la base reguladora.