Beneficios según el grado de incapacidad permanente concedido

El reconocimiento de una incapacidad permanente por parte del INSS conlleva la percepción de una pensión contributiva

Beneficios de la pensión de incapacidad permanente./ Foto de Canva

La pensión de incapacidad permanente es un tipo de pensión dirigida a aquellos trabajadores que ven limitada o anulada su capacidad laboral a causa de una lesión o enfermedad. El objetivo de esta prestación es neutralizar la pérdida de ingresos que sufre el trabajador con motivo de las mencionadas limitaciones.

Con ello, en un primer momento, percibir una pensión de incapacidad permanente no es agradable para ningún ciudadano, ya que conlleva de forma directa la presencia de dolencias o secuelas que le impiden desarrollar la actividad laboral con normalidad. A veces, también pueden interferir en las actividades cotidianas del día.

Beneficios de la incapacidad permanente

Partiendo de la base de que percibir una incapacidad permanente no es una situación ideal, hay que tener en cuenta que el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente implica el acceso a una serie de beneficios. Estos beneficios dependen del grado de incapacidad reconocido por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Certificado de incapacidad permanente./ Foto de Canva
Beneficios de la pensión de incapacidad permanente./ Foto de Canva

El grado de invalidez más bajo que puede conceder el INSS es la incapacidad permanente parcial, que no consiste en una pensión como tal. En concreto, se trata de una indemnización con una cuantía de 24 meses de la base reguladora. Además, lo más beneficioso de este grado de incapacidad es que no implica la pérdida del trabajo que venía desarrollando. Es decir, es compatible con cualquier actividad o profesión, ya que solo denota una reducción del rendimiento laboral sin llegar a la incapacidad total para su realización.

El siguiente grado de invalidez es la incapacidad permanente total, que conlleva la percepción de una pensión del 55% de la base reguladora del trabajador. Esa pensión es incompatible con la profesión habitual del trabajador, aunque se puede compaginar con la realización de otra actividad laboral que no entre en conflicto con el grado de incapacidad reconocido.

Además, la incapacidad permanente total puede llegar a una cuantía de pensión del 75% de la base reguladora. Esta situación se conoce como incapacidad permanente total cualificada, habilitada para beneficiarios con, al menos, 55 años de edad e inactivos en el ámbito laboral.

Beneficios incapacidad absoluta y gran invalidez

Para la pensión de incapacidad permanente absoluta, los ingresos se corresponden con el 100% de la base reguladora del trabajador, ya que se considera que el trabajador se encuentra incapacitado para desarrollar cualquier profesión u oficio.

Aunque muchas personas piensan lo contrario, la incapacidad absoluta si es compatible con el desarrollo de actividad laboral. Eso sí, la compatibilidad queda muy limitada, y siempre que se trate de empleos adaptados o protegidos en base a la situación del trabajador. Una situación similar ocurre con las personas beneficiarias de una pensión de Gran Invalidez.

Así, la Gran Invalidez es el grado más elevado de incapacidad que puede conceder el INSS. En este caso, además de reconocer que el trabajador no se encuentra capacitado para ningún tipo de trabajo, también se considera que necesita la ayuda de terceras personas para realizar las actividades básicas del día a día. Por ello, conlleva el cobro de una pensión del 100% de la base reguladora, más un complemento del 45% de la base reguladora, como mínimo.

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