Las personas con discapacidad son uno de los colectivos vulnerables de nuestra sociedad, al igual que las personas mayores, y es por ello que desde las administraciones pública se busca la manera de ayudar a estas personas con ventajas y ayudas económicas. Un claro ejemplo es la Junta de Andalucía, que ofrece multitud de beneficios para las personas con discapacidad, como vamos a ver a continuación.
Antes de entrar en detalles, vamos a destacar la definición que desde la Junta de Andalucía se da sobre la discapacidad como la «situación que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás». Desde el ejecutivo andaluz informan que para acceder a medidas, prestaciones, servicios o beneficios de protección social destinados a las personas con discapacidad, se requiere la acreditación oficial de un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Ayudas económicas para personas con discapacidad en Andalucía
Si hablamos de cuales son los prestaciones económicas a las que pueden acceder las personas con discapacidad en Andalucía debemos destacar las siguientes:
- Pensiones no contributivas de invalidez del IMSERSO.
- Subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte. Prestación por hijo a cargo.
- Prestación por orfandad.
- Ayudas sociales de carácter extraordinario a favor de las personas beneficiarias de pensiones no contributivas de invalidez, de pensiones asistenciales y del subsidio de garantía de ingresos mínimos.
- Ayudas individuales no periódicas, en concepto de transporte, adaptación de vehículo a motor, adquisición, renovación y reparación de prótesis, órtesis y otras ayudas técnicas.
- Subvenciones para la adquisición de ayudas técnicas en el ámbito de las TICs.
Beneficios para las personas con discapacidad en Andalucía
Además de las prestaciones que hemos mencionado con anterioridad, las personas con discapacidad van a poder acceder a beneficios fiscales, de empleo y de transporte, que vamos a desarrollar a continuación.
En los beneficios fiscales, asociados a la Declaración de la Renta del IRPF de la Agencia Tributaria, debemos destacar las deducciones para contribuyentes con discapacidad (IRPF, IVA, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), las deducciones por asistencia a personas con discapacidad y la exención total del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para asociaciones de personas con discapacidad sin ánimo de lucro.
También encontramos ventajas asociadas al empleo, con el claro objetivo de favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad. Encontramos medidas como:
- Reducción de la edad de jubilación.
- Bonificaciones en cotizaciones a la seguridad social y subvenciones variables por creación de empleo.
- Exención de tributación de las prestaciones por desempleo que se perciban en la modalidad de pago único, para el autoempleo de trabajadores con discapacidad.
- Subvención a las empresas por contratación de trabajadores con discapacidad.
- Obligación de las empresas de más de 50 trabajadores de contar en sus plantillas con un mínimo del 2% de trabajadores con discapacidad o implementación de las medidas alternativas legalmente previstas.
- Programas de proyecto integrales de fomento de empleo de personas con discapacidad.
- En empleo público:
- Exención tasas examen.
- Reserva de plazas en las Ofertas de Empleo Público de las distintas Administraciones.
- Las adaptaciones de tiempos y medios para las pruebas selectivas.
- La adaptación del puesto de trabajo.
- Mejorar la adjudicación de las plazas.
Finalmente, en cuanto al transporte, también encontramos varias ventajas para las personas mayores, entre las que destacan las siguientes. Por un lado, se establecen medidas de reducción de tarifas y ayudas en la asistencia en diferentes transportes. Además, también cuenta con la posibilidad de acceder a la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, así como reservas de plazas de aparcamiento. Por último, existe la exención del impuesto de matriculación y de circulación de vehículos.