La Seguridad Social ofrece una prestación económica importante a los trabajadores que reducen su jornada laboral para cuidar de un hijo enfermo de cáncer o de otra enfermedad grave. Para cobrar esta ayuda, es obligatorio cumplir con una serie de requisitos básicos.
Desde la propia Seguridad Social explican que «la prestación por cuidado de un hijo enfermo de cáncer u otra enfermedad grave que cubre la Seguridad Social se dirige a progenitores, adoptantes o acogedores con un hijo enfermo de cáncer u otra enfermedad grave de las recogidas en el Real Decreto 1148/2011 y que el Gobierno ha reformado recientemente para introducir mejoras».
Ayuda de la Seguridad Social por cuidado del menor
Para que el progenitor pueda cobrar esta ayuda de la Seguridad Social, el hijo enfermo debe necesitar de ingreso hospitalario de larga duración o continuar el tratamiento médico en casa tras la previa hospitalización.
Recientemente, la Seguridad Social ha incorporado una serie de novedades para mejorar la cobertura de esta prestación para los progenitores.
Entre otras cosas, desde la Seguridad Social informan que se ha producido una «ampliación de las situaciones protegidas con el reconocimiento y la cobertura de los afectados hasta los 23 años (inicialmente era hasta los 18 años) y, en casos de un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, hasta los 26 años»,
Igualmente, la norma también incorpora aquellos casos de familias monoparentales. Además, también se contempla la posibilidad de que resulte beneficiaria de la prestación el cónyuge o pareja de hecho de la persona enferma.
Hay que tener en cuenta que esta ayuda económica de la Seguridad Social se concede inicialmente por un mes, pudiendo prorrogarse inicialmente por dos meses. Después, existe la posibilidad de aplicar prórrogas por periodos de cuatro meses, hasta que se cumplan las condiciones establecidas para la extinción del derecho a la prestación.
Solicitud y cuantía de la prestación
Las personas que cumplan con los requisitos pueden solicitar esta ayuda de la Seguridad Social de forma online, independientemente de que cuenten o no con métodos de identificación digital. La solicitud también se puede completar a través de las oficinas de la Seguridad Social.
Posteriormente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) enviará al domicilio del solicitante la resolución correspondiente. Esto es algo que deben tener en cuenta los ciudadanos a la hora de solicitar la ayuda.
La Seguridad Social únicamente concede esta prestación económica a uno de los dos progenitores. Así, se trata de un subsidio económico que se calcula en base al porcentaje de reducción laboral del trabajador.
Al respecto, los profesionales de la Seguridad Social manifiestan que «consiste en un subsidio, de devengo diario, equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales o la derivada de contingencias comunes cuando no se haya optado por la cobertura de las contingencias profesionales».
Así, existen diferentes situaciones en las que la prestación por cuidado del menor puede quedar suspendida. Estas son algunas de ellas:
- Incapacidad temporal
- Maternidad.
- Paternidad.
- Riesgo durante el embarazo.
- Jubilación.
- Incapacidad permanente.
- Por suspensión de la relación laboral.
- Alternancia en el percibo del subsidio cuando se reconozca al segundo progenitor.
Dicha prestación de la Seguridad Social se podrá mantener hasta los 23 años de edad como máximo. Eso sí, es posible que el cobro de la prestación se mantenga hasta el cumplimiento de 26 años de edad del hijo, siempre que tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.