Siempre escuchamos a las personas mayores que reciben una pensión de jubilación que se encuentran con problemas par allegar a final de mes con la cantidad que reciben de pensión. Por ello, desde el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, cuentan con un complemento económico para titulares de pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada.
Desde el IMSERSO señalan que este complemento esta dirigido a las personas que reciben una pensión no contributiva de jubilación o invalidez. Esta ayuda la reciben personas que no han cotizado lo suficiente (15 años) para obtener una pensión contributiva de invalidez. También las personas que tienen una discapacidad superior del 65%. Además, las personas que reciben la ayuda carecen de vivienda en propiedad y residen en una casa alquilada.
A continuación vamos a ofrecer cuáles son los requisitos que debe de cumplir una persona para acceder a este complemento de la pensión. También vamos a señalar dónde se debe de solicitar la ayuda.
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¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA AYUDA DE 500 EUROS PARA PENSIONISTAS?
Desde el IMSERSO señalan que las personas que quieran optar al complemento de pensión de 525 euros deberán de cumplir una serie de requisitos:
- Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva. Esta debe estar reconocida en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
- Carecer de vivienda en propiedad.
- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
- No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
- Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año. Y además haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.
Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión no contributiva, solo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.
¿DÓNDE SOLICITAR EL COMPLEMENTO DE 525 EUROS DEL IMSERSO?
Desde el IMSERSO señalan que las personas interesadas en recibir esta ayuda podrán presentar su solicitud a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra. En el caso de Ceuta y Melilla, deberá ser en las Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
El plazo de solicitud de este complemento para 2023 finalizará el 31 de diciembre.
La acreditación de los requisitos exigidos, así como otros aspectos relacionados con la resolución y, en su caso, devengo y pago del complemento, se sujetarán a lo establecido en el Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.