Las personas mayores están de enhorabuena con el nuevo beneficio fiscal que tiene la Agencia Tributaria. Y es que se cuenta con una ayuda que te permite ahorrar hasta 1.150 euros en las familias a las personas mayores de 65 años. Una nueva ventaja a favor de las personas mayores, que ven como cuentan con diferentes tipos de ayuda destinadas a ahorrar dinero, ya que están catalogados como uno de los colectivos vulnerables.
En este caso, la nueva ayuda es un tipo de beneficio fiscal que se aplica directamente sobre la declaración de la Renta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). En este sentido, hablamos de una especia de «descuento» dirigido a ayuda a las familias en las que conviven personas mayores de 65 años.
El beneficio fiscal puede ascender hasta los 2.550 euros
Cuando hablamos del nuevo beneficio fiscal que ha lanzado la Agencia Tributaria para las personas mayores debemos destacar que la cuantía puede llegar a ser de mucho más amplia, ya que si la persona mayor que convive en el domicilio tiene 75 años o más, se va a sumar 1.400 euros extras a los 1.150 que ya existen para los mayores de 65 años. De esta manera, la cuantía final sería de 2.550 euros, como hemos dicho.
Además, según explica la Agencia Tributaria, este criterio para acogerse al beneficio fiscal también puede ser recogido por las personas que tengan discapacidad (un grado del 33% al menos) dentro del mismo núcleo familiar, sin importar la edad en este caso. En el caso del colectivo de la discapacidad, las personas entre un 33% y un 64% de discapacidad tiene una deducción mínima de 3.000 euros anuales. Para los que tengan una discapacidad superior al 65%, esta ayuda puede aumentar hasta los 9.000 euros.
Requisitos par acceder a la nueva ayuda de la Agencia Tributaria para personas mayores
Si una persona quiere acceder a este beneficio fiscal de la Agencia Tributaria, y deducirse 1.150 euros, deberá de cumplir una serie de requisitos:
- Edad: La Agencia Tributaria señala que el ascendiente debe tener más de 65 años (o más de 75 años para sumar 1.400 euros extra, haciendo un total de 2.550 euros). Sin embargo, si el ascendiente tiene una discapacidad, la deducción se aplica sin importar su edad.
- Convivencia: La Ley del IRPF requiere que el ascendiente viva con el contribuyente al menos la mitad del año. En el caso de ascendientes con discapacidad que dependan del contribuyente y estén internados en centros especializados, se considera que cumplen con el requisito de convivencia. Si la convivencia es inferior a seis meses, no es posible repartir la deducción entre varios descendientes, una situación que es común en la práctica.
- Límite de ingresos: Las rentas anuales de cada ascendiente, excluyendo las exentas, no deben superar los 8.000 euros, sin contar los ingresos exentos de tributación.
- No hacer la declaración de la renta: El ascendiente no debe presentar declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
Si cumples estos requisitos, podrás obtener este beneficio fiscal.