Algunos ciudadanos pueden solicitar en España la percepción de una ayuda de hasta 115 euros al mes por hijo a cargo. Se trata de una ayuda de la Seguridad Social habilitada para las personas que cumplan una serie de requisitos.
En concreto, consiste en el denominado complemento de ayuda a la infancia. Este complemento está destinado a las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital y personas con derecho a recibir prestaciones familiares.
Desde la Seguridad Social explican que «si tienes derecho al IMV se te reconocerá el complemento junto con la prestación, sin que sea necesario que presente una solicitud independiente». `Por su parte, «si solo tienes derecho al complemento, debes presentar la solicitud de Ingreso Mínimo Vital«, tal y como informan desde la Administración,
AYUDA DE 115 EUROS AL MES
El complemento de ayuda a la infancia es una de las medidas introducidas en la Ley del Ingreso Mínimo Vital, el pasado 21 de diciembre de 2021. Su principal objetivo es ofrecer una ayuda económica para combatir el riesgo de pobreza entre la población infantil.
La cuantía a percibir por el complemento de ayuda a la infancia depende de la edad de los menores y el número de menores que sean miembros de la unidad de convivencia. Así, en 2023, estos son los importes de dicho complemento de la Seguridad Social:
- 115 euros al mes por cada hijo entre 0 y 3 años de edad.
- 80,50 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años de edad.
- 57,50 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años de edad.
De esta forma, los ciudadanos disponen hasta el 31 de diciembre para percibir el complemento de ayuda a la infancia con estas cuantías. Todo hace indicar que el Gobierno de España actualizará las cuantías de esta ayuda de la Seguridad Social a partir del 1 de enero de 2024.
CÓMO SOLICITAR LA AYUDA A LA SEGURIDAD SOCIAL
Los profesionales de la Seguridad Social argumentan que «pueden tener derecho a este complemento las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos».
La Seguridad Social concederá de oficio el complemento de ayuda a la infancia a todas las personas que tengan derecho a su percepción en 2024. Es decir, no es necesario solicitar el complemento de ayuda a la infancia si ya percibes en Ingreso Mínimo Vital o si lo has solicitado y se encuentra en trámite.
Tampoco es necesario solicitarlo si «eres beneficiario de la prestación de protección familiar y cumples los requisitos (asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 si tu unidad de convivencia no ha cambiado)».
Con todo ello, la Seguridad Social pone a disposición una herramienta interesante para determinar si se tiene derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital y el complemento de ayuda a la infancia. El usuario debe responder a una serie de preguntas y el sistema indicará si el usuario tiene derecho o no a la prestación.