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El aviso de la Seguridad Social sobre el cambio para solicitar la incapacidad temporal en 2023

Los procesos de solicitud de incapacidad temporal incorporan importantes novedades de cara al nuevo año 2023

RD Tododisca RD Tododisca
02/01/2023 05:00 - Actualizado 05/06/2025 19:42
Prestaciones
Incapacidad temporal./ Foto de Canva

Incapacidad temporal./ Foto de Canva

La Seguridad Social ha incorporado novedades trascendentes sobre la solicitud de incapacidad temporal en el año 2023. Se trata de una serie de medidas que tienen como objetivo mejorar el procedimiento para que un trabajador pueda obtener la baja laboral por incapacidad temporal en su trabajo.

Durante el periodo de baja laboral, el trabajador percibe una prestación económica acorde a su situación. Esta prestación suele tener una cuantía máxima del 75% de la base reguladora del trabajador. En ocasiones, puede alcanzar el 100%, es decir, que el trabajador perciba el mismo importe que cobraría por su salario.

Por norma general, la incapacidad temporal es una situación momentánea en la que el trabajador no se encuentra capacitado para desarrollar las funciones propias de su empleo. Así, una vez que recibe el alta, debe regresar a su puesto de trabajo con normalidad.

En determinados casos, la situación de incapacidad temporal puede derivar en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

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Cambios de incapacidad temporal en 2023

Hay que resaltar que el procedimiento para que el trabajador obtenga la incapacidad temporal se vuelve tedioso en la mayoría de ocasiones. Por ello, el Gobierno de España ha introducido novedades para mejorar la solicitud de la baja laboral a partir del 1 de enero de 2023.

Reclamar alta médica incapacidad temporal
Incapacidad temporal./ Foto de Canva

Respecto a los partes médicos de baja y alta, ahora solo será necesario entregar una copia a la persona trabajadora. Es decir, la nueva normativa elimina la segunda copia que el propio trabajador debía entregar a la empresa, INSS o mutua.

Desde la Seguridad Social aclaran que «la comunicación entre las entidades emisoras y el INSS será telemática, evitando trámites que pueden resultar gravosos para personas que están en situación de incapacidad temporal y aprovechando las posibilidades de mejorar la eficacia y la eficiencia que brindan los avances en digitalización y tecnologías de la información».

En concreto, el Gobierno de España incorpora diferentes modificaciones por Real Decreto para regular la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal durante los primeros 365 días de duración de la baja laboral. La finalidad de estas medidas es agilizar los trámites y eliminar obligaciones burocráticas.

Duración de la baja laboral

En este sentido, la duración máxima de la incapacidad temporal seguirá siendo de 365 días en 2023. Sin embargo, podrá prorrogarse por seis meses y también hasta dos años como máximo, siempre que así lo consideren desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

También puede darse el caso de que la propia Seguridad Social inicie de oficio un expediente para el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente a una persona en situación de baja laboral por incapacidad temporal.

En relación a las novedades de 2023, desde la Seguridad Social concluyen que «en los procesos de incapacidad temporal, los facultativos del Servicio Público de Salud, de la empresa colaboradora o de la mutua podrán fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados en el Real Decreto, en función de la evolución del proceso. Se trata así de evitar dudas interpretativas propiciadas por la redacción actual de la norma».

El aviso de la Seguridad Social sobre el cambio para solicitar la incapacidad temporal en 2023
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Temas: Incapacidad TemporalSeguridad Social
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