La Audiencia Nacional ha reconocido a una maestra de Sevilla el reconocimiento de una pensión de jubilación extraordinaria tras sufrir un accidente laboral en el colegio en el que trabajaba. En concreto, tuvo un accidente de trabajo mientras transportaba una plastificadora.
Dicho accidente laboral se produjo en el colegio de la provincia de Sevilla en el que ejercía como maestra. Como consecuencia del accidente, esta maestra desarrolló una enfermedad en el codo izquierdo.
En este sentido, el abogado Fernando Osuna explica que que dicha patología presenta «la entidad suficiente para determinar la incapacidad permanente, origen de su jubilación, atribuyendo los dolores restantes al hombro derecho, sin eficacia incapacitante».
Sufrió un accidente laboral en el colegio
Esta maestra sufrió el mencionado accidente de trabajo el 14 de marzo de 2013. Así, ha tenido que luchar durante más de 12 años para que se le reconozca el derecho a una jubilación extraordinaria derivada de una incapacidad permanente.
Concretamente, la sentencia de la Audiencia Nacional informa que el 14 de marzo de 2013 sufrió una caída fortuita mientras transportaba una máquina plastificadora en el colegio donde trabajaba. Debido a esta situación, la afectada necesitó ser atendida por el servicio de urgencias en un hospital sevillano, donde no detectaron lesiones óseas.
Sin embargo, la trabajadora necesitó acudir de nuevo al servicio de Urgencias el 18 de marzo de 2013 por un fuerte dolor en el codo. En ese momento se le diagnosticó una luxación posterior del codo izquierdo en las radiografías, colocando una nueva férula y con una solicitud de TAC de control.
Como consecuencia, la maestra permaneció de baja laboral por incapacidad temporal desde el 15 de marzo de 2013 hasta el 19 de febrero de 2015, cuando fue jubilada y se le denegó el reconocimiento de la pensión extraordinaria solicitada.
La Audiencia Nacional reconoce el derecho a una jubilación extraordinaria
Después de que le denegaran la pensión de jubilación extraordinaria solicitada, esta mujer recurrió ante la Audiencia Nacional. Ahora, los juzgados le han dado la razón, constatando que existe una relación directa entre el accidente laboral y la lesión incapacitante en el codo izquierdo.
Esta maestra ha vivido una situación delicada durante años, ya que se encontraba con una lesión incapacitante y no le otorgaban el derecho a la pensión de jubilación extraordinaria. Después de varios años de lucha, ha obtenido la pensión que merecía en función de sus circunstancias.
En este contexto, es necesario hacer referencia al apartado 3 del artículo 47 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas. Dicho texto establece que se debe reconocer la pensión extraordinaria de jubilación por un accidente sufrido durante el acto de servicio. Es precisamente lo que le ocurrió a esta maestra en 2013.
Así, la Audiencia Nacional ha determinado que el Estado deberá pagar una pensión extraordinaria de jubilación a esta profesora con efectos retroactivos desde el año 2019. Además, desde la Audiencia Nacional no entienden que los órganos médicos del Estado no rebatieran el informe del perito médico de la trabajadora afectada.
En definitiva, se trata de un caso particular que pone de manifiesto las dificultades que encuentran algunos trabajadores en España para luchar por sus derechos. Esta situación suele ser habitual en casos de incapacidad permanente.