El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que próximamente se transformará en Agencia Estatal de Empleo, se encarga de la gestión y trámites de diferentes subsidios, ayudas económicas y prestaciones por desempleo. Además, entre estas ayudas económicas contempla un subsidio especial para personas mayores de 52 años.
Concretamente, hablamos del subsidio para mayores de 52 años, una prestación económica que ofrece diferentes ventajas a las personas con 52 años o más que están en situación de desempleo y no han alcanzado la edad ordinaria para acceder a una pensión de jubilación de carácter contributiva.
En España, la edad ordinaria de jubilación en este año 2022 es de 66 años y dos meses para las personas que hayan cotizado menos de 37 años y seis meses durante la vida laboral. Así, la edad ordinaria es de 65 años para aquellas personas que acrediten una cotización a la Seguridad Social igual o superior a 37 años y seis meses.
Ayuda del SEPE para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es una prestación pensada para aquellas personas que quedan en paro en el último tramo de su vida laboral antes de acceder a la jubilación. Desde el Gobierno de España entienden que a partir de dicha edad resulta más complicado acceder a un nuevo empleo, por lo que se habilita este subsidio económico.
Entre otras cosas, el subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Para ello, la persona beneficiaria debe seguir cumpliendo todos los requisitos iniciales que dieron origen a la percepción del subsidio en cuestión. Además, se debe presentar ante el SEPE la Declaración Anual de rentas cada año para acreditar que se sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas.
Así, estos son los requisitos principales del SEPE para cobrar el subsidio para mayores de 52 años en 2022:
- Estar en situación de desempleo.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Tener 52 años o más, sin alcanzar la edad ordinaria de jubilación.
- Haber agotado el derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
También se debe acreditar que la persona beneficiaria carece de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento. En la actualidad, el SMI es de 1.000 euros al mes brutos.
Cotización a la jubilación
Otra de las grandes ventajas del subsidio para mayores de 52 años es que durante su percepción se sigue cotizando a la Seguridad Social. Concretamente, es la única ayuda no contributiva del SEPE que cotiza a la Seguridad Social.
«La entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento», explican desde el SEPE.
Tal y como informan desde el ‘Instituto BBVA’, «la cotización en este supuesto solo se tiene en cuenta a los efectos del cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación y del porcentaje aplicable a tal base reguladora, así como para completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada».