El Consejo de Ministros ha aprobado este martes 25 de enero de 2022 un Real Decreto por el que se regulan la organización y las funciones de la Comisión de Seguimiento del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta aprobación se produce un mes después de aprobar la Ley 19/2021 sobre el Ingreso Mínimo Vital.
Uno de los objetivos primordiales marcados por el Gobierno de España en este 2022 es mejorar el acceso y dar más facilidades a la población para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital. En este sentido, se ha aprobado un Proyecto de Ley con diferentes medidas encaminado a ello.
Así, también se establece la Comisión de Seguimiento del Ingreso Mínimo Vital. Se trata de un órgano de cooperación administrativa y que regula su composición básica, funciones y algunos aspectos de su organización. Con la aprobación por parte del Consejo de Ministros, esta Comisión inicia su funcionamiento.
¿Qué es la Comisión de Seguimiento del IMV?
En concreto, la Comisión de Seguimiento del Ingreso Mínimo Vital es uno de los dos órganos de participación y gobernanzas previstos en la ley, junto con el Consejo Consultivo. Así, tendrán como función realizar un seguimiento sobre la prestación y los desarrollos que se vayan produciendo; además del incentivo al empleo.

Así, desde la Seguridad Social explican que el órgano de cooperación administrativa estará compuesto por una presidencia (ministro de inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, una vicepresidencia (secretario del Estado de la Seguridad Social y Pensiones) y 46 vocales.
Entre los 46 vocales de la Comisión de Seguimiento del Ingreso Mínimo Vital se encuentran:
- Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
- Subsecretaría del Ministerio.
- Las secretarías de Estado de Migraciones, Trabajo y Economía Social, Derechos Sociales e Igualdad.
- Alto Comisionado contra la Pobreza Infantil.
Por su parte, a nivel territorial existirá un representante por cada comunidad y cuidad autónoma. Además, en el contexto municipal estarán representados los 12 municipios con mayor número de población; así como otros que por su representatividad sean propuestos por la Federación Española de Municipios y Provincias.
Funciones sobre el Ingreso Mínimo Vital
La Ley del Ingreso Mínimo Vital recoge las diferentes funciones que llevará a cabo la mencionada comisión. Así, tendrá la responsabilidad de analizar el impacto del IMV como instrumento para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas en situación de vulnerabilidad económica; prestando especial atención a la pobreza infantil.
Además, también deberá evaluar y llevar a cabo un seguimiento de las propuestas normativas y no normativas en relación al Ingreso Mínimo Vital y en materia de inclusión.
Por otra parte también tendrán que establecer un seguimiento sobre los sistemas de intercambio de información relativa a las personas solicitantes y beneficiarias, y cooperar para la implantación de la Tarjeta Social Digital.
Al respecto, desde el Gobierno de España aseguran que la constitución y la entrada en funcionamiento de la Comisión del Ingreso Mínimo Vital no supondrá ningún incremento del gasto público.
En definitiva, todas estas medidas se destinan a mejorar el acceso al Ingreso Mínimo Vital para que un mayor número de ciudadanos pueda beneficiarse de esta ayuda económica y reducir el riesgo de pobreza, principalmente entre la población infantil.