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Así puedes solicitar hoy la nueva ayuda de la Junta de Andalucía de 1.449 euros

La primera condición que hay que cumplir para poder beneficiarse de la RMISA es que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en Andalucía

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Álvaro Gutiérrez
03/03/2025 19:18
Prestaciones
Así puedes solicitar hoy la nueva ayuda de la Junta de Andalucía de 1.449 euros

Nueva ayuda de la Junta de Andalucía de hasta 1.449 euros

Ayudas de hasta 1.449,40 euros por unidad familiar. Esa es la cuantía que la Junta de Andalucía ofrece hoy mismo a las personas que están pasando por momentos delicados en cuanto a la situación económica se refiere. Se trata de la Renta Mínima de Inserción Social (RMISA), una prestación económica que gestionada por la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y que está dirigida a colectivos en situación de pobreza o exclusión social, o están en riesgo de estarlo.

Sin embargo, como refleja esta Administración, para poder ser beneficiario de la prestación autonómica, hay que cumplir con una serie de requisitos. Por tanto, la primera condición que hay que cumplir para poder beneficiarse de la prestación derivada de la RMISA es necesario que todos los miembros que integran la unidad familiar estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Aunque también pueden solicitarlo las personas que vivan solas, bajo el cumplimiento de unas condiciones.

¿Cómo se solicita la ayuda de la RMISA?

Para poder postularse como demandante de esta ayuda, las personas que lo deseen deberán rellenar el correspondiente formulario, donde se pedirán los datos personales y profesionales de cada sujeto para cerciorar que cumple con los requisitos establecidos. El acceso a este documento estará visible en la página web oficial de la Consejería de Inclusión Social de la Junta de Andalucía. Acto seguido, la Administración refleja que habrá que acudir a los servicios sociales comunitarios del municipio desde donde se solicite esta prestación.

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Del mismo modo, también se podrán conocer las cuantías de la Renta Mínima de Inserción en Andalucía, aprobadas a partir de enero de 2025. Los importes de esta ayuda que ofrece la Junta están determinados por el número de miembros que integran la unidad familiar de cada persona demandante. Por tanto, atendiendo a las personas que componen la familia, esta será la cantidad de RMISA que les corresponde, tanto mensual como anualmente:

  • 1 persona: 658,82 / 7.905,80 euros
  • 2 personas: 856,46 / 10.277,54 euros
  • 3 personas: 1.054,11 / 12.649,28 euros
  • 4 personas: 1.251,75 / 15.021,02 euros
  • 5 o más personas: 1.449,40 / 17.392,76 euros

Por otra parte, la normativa contempla 3 circunstancias especiales que aumentarían las anteriores cuantías, tal y como refleja la Junta de Andalucía. Estos son los supuestos:

  • Custodia compartida: 98,82 euros más al mes (1.185,88 euros anuales).
  • En caso de familias monoparentales: 144,94 euros mensuales (1.739,28 euros al año).
  • Si hay una discapacidad de 33% sin prestación: 144,94 euros al mes (1.739,28 euros anuales).

Requisitos para obtener la Renta Mínima de Inserción Social

  • El titular de la RMISA debe tener una edad entre 25 y 64 años, inclusive.
  • Se puede solicitar con una edad comprendida entre los 18 y los 24 años, tan solo acreditando alguna de estas circunstancias:
  1. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  2. Tener menores o personas con discapacidad a cargo, incluyendo situaciones de tutela o acogimiento familiar.
  3. Ser huérfano o huérfana de ambos progenitores.
  4. Haber sido víctima acreditada de violencia de género.
  5. Haber estado al menos en el año anterior al de cumplimiento de la mayoría de edad, bajo la tutela de un sistema de protección de menores.
  6. Constituir una unidad familiar pluripersonal sin menores a cargo. En este supuesto, deberá haber vivido de forma independiente durante al menos los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud en un domicilio distinto al de sus progenitores.
  7. Encontrarse en una de las situaciones establecidas como urgencia o emergencia social.
  • En caso de ser menores de 16 y 17 años: también pueden ser titulares, pero si se justifican alguna de las siguientes condiciones:
  1. Tener menores o personas con discapacidad a cargo.
  2. Haber sido víctima de violencia de género acreditada.
  3. Encontrarse en una de las situaciones establecidas como urgencia o emergencia social.
  • Tener una resolución expresa en la que se haya denegado el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
  • Hay que estar incluido como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo.
  • La unidad familiar debe tener recursos mensuales inferiores a la cuantía de RMISA que se ofrece.
  • Estar dado de alta en el censo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Temas: AndaluciaJunta de AndalucíaPensión
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