Así puedes cobrar el complemento a la infancia sin recibir el Ingreso Mínimo Vital

Es posible percibir el complemento a la infancia aunque no seas beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Complemento a la infancia

En este año 2022 han entrado en vigor diferentes novedades con respecto al Ingreso Mínimo Vital (IMV). Una de las más llamativas es la entrada en vigor del denominado complemento a la infancia, destinado principalmente a los beneficiarios del IMV.

No obstante, algunas personas que no son beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital también pueden optar a este complemento de ayuda a la infancia. Para ello, es necesario cumplir una serie de requisitos básicos y acreditar una situación de vulnerabilidad económica.

Este complemento a la infancia entró en vigor el 21 de diciembre de 2021, después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). También se encuentra recogido en la Ley del Ingreso Mínimo Vital y está en vigor desde 2022.

¿Qué es el complemento a la infancia del Ingreso Mínimo Vital?

El complemento a la infancia dirigido a personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital es un plus económico que se percibe por acreditar hijos menores a cargo. Si bien, la cuantía a percibir por este complemento depende de la edad de los menores:

  1. Importe de 100 euros más al mes por cada hijo menor de 3 años a cargo.
  2. Complemento de 70 euros al mes por cada hijo menos a cargo entre 3 y 6 años de edad.
  3. Cuantía de 50 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años de edad.

Desde la Seguridad Social recuerdan que para poder percibir este complemento a la infancia «la unidad de convivencia no debe superar el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio establecidos para el Ingreso Mínimo Vital.

Beneficiarios del complemento a la infancia

Además de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, también pueden acceder a este complemento a la infancia aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos respecto a los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos; aunque no sean perceptoras del IMV.

Complemento por hijo en el IMV de la Seguridad Social
Complemento por hijo en el IMV de la Seguridad Social

En este sentido, desde la Seguridad Social informan que pueden acceder al complemento de ayuda a la infancia las familias formadas por dos adultos y un niños con ingresos de hasta 27.000 euros; así como familias con dos niños y dos adultos con ingresos totales de hasta 32.100 euros.

«También disfrutarán de este complemento familias monoparentales con un hijo a cargo y hasta 25.700 euros de ingresos y aquellas también monoparentales con dos niños a cargo y que ingresen hasta 30.800 euros anuales», detalla la normativa.

Solicitud del complemento a la infancia

Un aspecto clave es que la Seguridad Social otorgará de oficio el complemento de ayuda a la infancia a las personas que tengan el derecho a recibirlo, como los actuales beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital o solicitantes del IMV que tengan el expediente en trámites.

Desde la Seguridad Social explican que también otorgarán el derecho al complemento a la infancia a «los beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan los requisitos: Se trata de los beneficiarios de la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33, cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuren en el expediente de la prestación por hijo a cargo, siempre que cumplan con las condiciones necesarias para el acceso al complemento de ayuda a la infancia, y que el importe sea igual o superior que el que venían percibiendo, debiendo optar por una de las dos prestaciones».

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