Dentro de la estructura de protección al desempleo del sistema español encontramos una gran variedad de subsidios y prestaciones. Entre ellas, tenemos el conocido como subsidio para mayores de 45 años, con unas características muy marcadas.
En concreto, este subsidio está dirigido a personas con 45 años o más sin responsabilidades familiares y que han agotado la prestación contributiva. Para poder percibir el mismo, deberán cumplir además una serie de requisitos mínimos.
Normalmente, todos los subsidios por desempleo comparten ciertos requisitos de acceso, aunque también existen diferencias relevantes entre todos ellos; como por ejemplo la edad o la presencia de responsabilidades familiares.
Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 45 años
Así, para poder percibir el subsidio para mayores de 45 años es necesario cumplir una serie de requisitos exigidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) organismo que gestiona este tipo de prestaciones. Algunas de estas condiciones son las siguientes:
- Encontrarse en situación de desempleo.
- No haber rechazado ofertas de empleo adecuadas.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva y mantener dicha inscripción durante todo el periodo de percepción del subsidio.
- Haber agotado la prestación por desempleo de carácter contributivo.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Tener 45 años o más.
Además, también será necesario carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del salario mínimo interprofesional que corresponda en cada momento.
Al respecto de la carencia de rentas, desde la Seguridad Social matizan que «el rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales».
Así puede solicitar el subsidio
Desde el SEPE advierten que el plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera, que comienza a contar a partir del día siguiente del agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
Así, el derecho al subsidio nace a partir del día siguiente a aquel en el que se cumple el mes de espera, siempre que la solicitud se lleva a cabo dentro del plazo indicado.
Con todo ello, el sistema español contempla diferentes canales para poder solicitar el subsidio por desempleo para mayores de 45 años:
- La sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
- Cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
- En la oficina de prestaciones. En este caso es necesario obtener cita previa a través de la sede electrónica del SEPE o por vía telefónica.
Duración y cuantía
La duración del subsidio, por norma general, será de seis meses. No obstante, en el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
En cuanto al importe a percibir, la cuantía mensual de este subsidio para mayores de 45 años es igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) que corresponda en cada año.