El Ingreso Mínimo Vital es una medida de ayuda económica que realmente lleva poco tiempo de aplicación en España, ya que se aprobó por primera vez en mayo de 2020, en un contexto marcado por la pandemia del Covid-19.
Así, esta prestación económica tiene la finalidad de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solar o están integradas en una unidad de convivencia que carece de los recursos económicos básicos para subsistir.
En concreto, desde el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones explican que el IMV «se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.
Cómo saber si tengo derecho al Ingreso Mínimo Vital
Para poder optar al Ingreso Mínimo Vital en España es necesario cumplir con los requisitos mínimos establecidos por ley. En caso de no reunir alguna de estas condiciones básicas, no será posible percibir el IMV.
Así, la Seguridad Social pone al servicio de los ciudadanos un simulador con el que poder conocer si existe el derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital. Para ello, serás sometido a diferentes preguntas.
Además, de conocer si eres una persona susceptible a ser beneficiaria del IMV, también puedes obtener una estimación del importe aproximado que corresponda. A través de este enlace podrás acceder al simulador de la Seguridad Social.
Requisitos del Ingreso Mínimo Vital
Desde la Seguridad Social aclaran que para acceder al ingreso Mínimo Vital es necesario cumplir con los requisitos oportunos tanto en el momento de presentación de la solicitud como en sus revisiones, durante el periodo que dura la percepción.
Estos son algunos de los requisitos claves para optar al Ingreso Mínimo Vital:
- Tener residencia en España. De forma continuada e ininterrumpida de al menos tres años anterior a presentar la solicitud, existiendo algunas excepciones.
- Estar en situación de vulnerabilidad económica. Para ello se tiene en cuenta la capacidad económica de la persona solicitante o computando los recursos económicos de la unidad de convivencia.
- Haber solicitado pensiones y prestaciones a las que pueda tener derecho. Se exceptúan los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social, concedidos por las diferentes comunidades autónomas.
Además, cabe destacar que la percepción del Ingreso Mínimo Vital es incompatible con la percepción de la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por 100, cuando exista identidad de causante o beneficiarios de esta prestación, sin perjuicio de la posibilidad de ejercer el derecho de opción por una de ellas.
Requisito de vulnerabilidad económica
El requisito de vulnerabilidad económica se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior a 10 euros en la cuantía mensual garantizada por el IMV que corresponda en función de la modalidad y el número de miembros que se encuentren la unidad de convivencia.
A continuación encontrarás una tabla facilitada por la Seguridad Social en la que se establece la relación en escala de incrementos y límite en euros en cuanto al patrimonio en la unidad de convivencia:
Unidad de convivencia | Escala de Incrementos | Límite de euros |
---|---|---|
Un adulto solo | 16.917,60 € | 16.917,60 |
Un adulto y un menor | 1,4 | 23.684,64 |
Un adulto y dos menores | 1,8 | 30.451,68 |
Un adulto y tres o más menores | 2,2 | 37.218,72 |
dos adultos | 1,4 | 23.684,64 |
Dos adultos y un menor | 1,8 | 30.451,68 |
Dos adultos y dos menores | 2,2 | 37.218,72 |
Dos adultos y tres o más menores | 2,6 | 43.985,76 |
tres adultos | 1,8 | 30.451,68 |
Tres adultos y un menor | 2,2 | 37.218,72 |
Tres adultos y dos o más menores | 2,6 | 43.985,76 |
cuatro adultos | 2,2 | 37.218,72 |
Cuatro adultos y un menor | 2,6 | 43.985,76 |
otros | 2,6 | 43.985,76 |
La Seguridad Social no considera en situación de vulnerabilidad económica, con independencia de valoración del patrimonio, a las personas beneficiaria individuales o que se integran en una unidad de convivencia en la que cualquiera de sus miembros sea administrador de derecho de una sociedad mercantil que no haya cesado su actividad.