Uno de los grandes objetivos marcados por la Seguridad Social al inicio de este año 2022 ha sido mejorar el acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV) por parte de los ciudadanos en España. Del mismo modo, también se ha fijado la finalidad de mejorar las condiciones de esta ayuda económica y mayores puntos de información sobre la misma.
Al inicio del año 2022 entró en vigor la nueva Ley sobre el Ingreso Mínimo Vital, en el que se añadieron diferentes aspectos ventajosos para los beneficiarios del IMV. Entre otras cosas, se aprobó el complemento de ayuda a la infancia, que permite aumentar de forma importante la cuantía mensual a percibir.
Durante todo el año 2022 se han tomado diferentes medidas con mayor o menor incidencia sobre el Ingreso Mínimo Vital. Así, una de las últimas medidas permiten compatibilizar el IMV con determinadas actividades laborales. Además, la Seguridad Social ha puesto en marcha un autobús para informar sobre el Ingreso Mínimo Vital en diferentes localidades de España y buscar posibles perceptores de la ayuda.
100 euros más en el Ingreso Mínimo Vital
El complemento de ayuda a la infancia está disponible para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital que conviva con menores de edad en su unidad de convivencias. Si bien, la cuantía de este mencionado complemento depende de la edad de los menores de edad:
- 100 euros más al mes por cada hijo menor de tres años de edad.
- 70 euros más al mes por cada hijo entre tres y seis años de edad.
- 50 euros más al mes por cada hijo entre seis y 18 años de edad.
Desde la Seguridad Social recuerdan que «también pueden percibir este complemento las unidades de convivencia cuyos ingresos en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud sean inferiores al 300% de la cuantía garantizada por el ingreso mínimo vital y cuyo patrimonio neto sea inferior al 150% de los límites establecidos con carácter general, siempre que además se cumpla el límite de activos no societarios establecido para la unidad de convivencia».
Solicitud del complemento Seguridad Social
El Ingreso Mínimo Vital y el complemento de ayuda a la infancia se puede solicitar a través de la página web habilitada por la Seguridad Social para dichos trámites. Para ello, deben cumplir todos los requisitos propios del IMV y contar con menores de edad entre los miembros de la unidad de convivencia.
La Seguridad Social recuerda que a las personas con derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital se les reconocerá el complemento de ayuda a la infancia junto con la prestación. Es decir, no es necesario presentar una solicitud independiente con respecto al complemento de ayuda a la infancia.
Así, la Seguridad Social reconocerá de oficio el complemento de ayuda a la infancia a los actuales beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, solicitantes del IMV con expediente en trámite y beneficiarios de prestaciones de protección familiar que cumplan con todos los requisitos establecidos por la Administración Pública para ello.