Desde el pasado 13 de octubre, la Junta de Andalucía confirmó en el Parlamento andaluz la llegada de una nueva medida para la deducción de familias por hijo a cargo nacido, adoptado o en régimen de acogimiento familiar. En este sentido, los contribuyentes pueden optar a una serie de beneficios fiscales, llegando hasta los 400 euros si el contribuyente reside en un municipio con problemas de despoblación.
La nueva Ley de Tributos Cedidos entrará en vigor antes de que termine 2021, lo que supone un cambio de 180º para los andaluces que pagan impuestos a la Junta de Andalucía dirigida por Juanma Moreno. Así, la deducción que hasta ahora se cifraba en 50 euros por cada hijo nacido, adoptado o acogido, se ha cuadriplicado hasta los 200 euros.
Cómo optar a los beneficios fiscales de la Ley de Tributos Cedidos en Andalucía
En primer lugar, para poder obtener estos beneficios fiscales nuestra tributación individual no puede ser superior a los 25.000 euros y a los 30.000 en caso de tributación conjunta. En este sentido, para las adopciones a nivel internacional, la bonificación es de 600 euros y con un umbral mucho más alto: 80.000 euros individual y 100.000 euros de forma conjunta.
De esta manera, las familias numerosas podrán deducirse otros 200 euros en el caso de la categoría general y de 400 euros en las de categoría especial, pero siempre que la renta no supere los 30.000 euros de tributación conjunta.
Además, la nueva ley incluye otras rebajas tributarias en el mismo sentido. Así, la deducción por ayuda doméstica sube del 15 al 20% del importe de la cuota fija de la Seguridad Social que paga el empleador con un tope máximo de 500 euros al año (hasta ahora era de 250).
Precisamente, una de las cuestiones que más polémica ha levantado es la de la deducción por gastos educativos extraescolares de idiomas, informática o ambas con un límite de 150 euros.
Por su parte, en los beneficios fiscales por la compraventa de viviendas también hay cambios significativos. En líneas generales, se establece un tipo reducido del 6% para la adquisición de la vivienda habitual cuyo valor máximo no supere los 150.000 euros. En el caso de que la vivienda la compre una persona con discapacidad o con una familia numerosa, puede aplicarse el tipo reducido si la vivienda no supera los 250.000 euros.
Impuesto de Sucesiones en Andalucía
Por otra parte, el impuesto de sucesiones también ha dado que hablar en los últimos días en Andalucía, puesto que hasta hace poco era una de las comunidades autónomas con la tributación más alta de España. Así, se reduce en gravamen en todos los tramos sin tener en cuenta el patrimonio preexistente de los herederos haciendo que la tarifa no supere el tipo del 45%.
En el caso de que la herencia sea una empresa individual, negocios profesionales o participaciones en entidades se elimina el requisito de que la actividad sea la principal fuente de renta y se amplía la reducción a cesión de capitales a terceros. Para beneficiarse de esta reducción habrá que mantener estos bienes en el patrimonio al menos durante tres años, con independencia del parentesco entre el transmitente y adquiriente.
En otro orden, en la donación a hijos para la adquisición de la vivienda habitual se suprime precisamente el requisito de que tenga que ser la vivienda habitual:
- Se amplía a las víctimas de violencia machista
- Víctimas del terrorismo
- Amplían las bases máximas de reducción pasando de 120.000 a 150.000 euros, y hasta 250.000 euros en el caso de las personas con discapacidad.
Por último, el tributo que menos ha cambiado es el de patrimonio que solo altera el límite máximo para las bonificaciones hasta 1.250.000 euros para las personas con un 33% de discapacidad y se establece en 1,5 millones si la discapacidad es superior al 65%.