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La advertencia de la Seguridad Social sobre el complemento de ayuda a la infancia

La Seguridad Social aclara las dudas respecto a la solicitud del complemento de ayuda a la infancia para beneficiarios del IMV

RD Tododisca RD Tododisca
20/07/2022 06:01 - Actualizado 01/07/2025 13:46
Prestaciones
Ayuda complemento a la infancia de la Seguridad Social

Ayuda complemento a la infancia de la Seguridad Social

La Seguridad Social recuerda a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que en este año 2022 también pueden percibir el complemento de ayuda a la infancia, que es una de las mejoras introducidas en la nueva Ley sobre el Ingreso Mínimo Vital. Además, este complemento también está disponible para familias en situación de vulnerabilidad que cumplan una serie de requisitos claves.

En este año 2022 se han producido diferentes mejoras vinculadas al IMV, con el objetivo de llegar a un mayor número de personas. Entre estas mejoras, se encuentra el complemento de ayuda a la infancia, con la principal finalidad de reducir el riesgo de pobreza infantil.

Llegados a este punto, es conveniente matizar que la Seguridad Social define el Ingreso Mínimo Vital como «una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».

Complemento de infancia de la Seguridad Social

El complemento de ayuda a la infancia de la Seguridad Social es un complemento económico de carácter mensual que tiene como objetivo reducir el riesgo de pobreza infantil en España. Los principales beneficiarios de esta prestación son aquellos que perciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

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Ayuda complemento a la infancia de la Seguridad Social
Ayuda complemento a la infancia de la Seguridad Social

Si bien, la cuantía a percibir por este complemento depende del número de menores de edad presentes en la unidad de convivencia y la edad de cada uno de ellos:

  1. Un total de 100 euros al mes por cada hijo entre 0 y 3 años de edad.
  2. Hasta 70 euros al mes por cada hijo con una edad comprendida entre 3 y 6 años de edad.
  3. Un montante de 50 euros por cada hijo entre 6 y 18 años de edad.

Muchas personas tienen dudas respecto a la realización de la solicitud del complemento a la infancia de la Seguridad Social. Así, desde este organismo público informan que «el formulario de solicitud del Ingreso Mínimo Vital sirve tanto para solicitar la prestación como el complemento de ayuda para la infancia».

Solicitud del complemento

Con todo lo expuesto anteriormente, debemos tener claro que no es necesario realizar la solicitud del complemento de ayuda a la infancia. Así, la Seguridad Social concederá este complemento de oficio a las personas que cumplan las siguientes condiciones:

  1. Perceptores del Ingreso Mínimo Vital.
  2. Solicitantes del IMV que se encuentran con el expediente en trámite.
  3. Beneficiarios de la protección familiar que cumplan los requisitos.

Entre los requisitos de beneficiarios de protección familiar, la Seguridad Social argumenta: «Se trata de los beneficiarios de la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33, cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuren en el expediente de la prestación por hijo a cargo, siempre que cumplan con las condiciones necesarias para el acceso al complemento de ayuda a la infancia, y que el importe sea igual o superior que el que venían percibiendo, debiendo optar por una de las dos prestaciones».

#Duda ¿Cómo tengo que solicitar el complemento de ayuda para la infancia?
👉El formulario de solicitud del ingreso mínimo vital sirve tanto para solicitar la prestación como el complemento de ayuda para la infancia.
📚Guía:https://t.co/aokYHsW0lr pic.twitter.com/JQzJ0prdH9

— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) July 19, 2022


A través del siguiente enlace, las personas interesadas pueden solicitar el Ingreso Mínimo Vital y la Seguridad Social concederá el complemento a la infancia de oficio, en caso de cumplir los requisitos oportunos para ello.

La advertencia de la Seguridad Social sobre el complemento de ayuda a la infancia
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Temas: Seguridad Social
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