Un hombre ya jubilado ha conseguido una indemnización económica por el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial. El ciudadano reclamó a través de la vía judicial, por lo que ha obtenido esta concesión a pesar de estar ya jubilado.
Hay que recordar que una incapacidad permanente parcial no implica el cobro de una pensión, sino la percepción de una indemnización económica equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora del trabajador.
Incapacidad permanente parcial para un administrativo jubilado
En esta ocasión hablamos del caso de Antonio, un administrativo con graves problemas de visión que solicitó el reconocimiento de una incapacidad permanente. Antonio cotizaba en el Régimen General de la Seguridad Social.
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Así, el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) le denegó el reconocimiento de la incapacidad permanente. Tampoco prosperó la reclamación previa. Al respecto, los profesionales de ‘CampmanyAbogados’ explican que «el INSS rechazó su solicitud alegando que esa situación no suponía una merma de su capacidad de trabajo».
Debido a esta situación, Antonio decidió acudir a ‘CampmanyAbogados’, especialistas en incapacidad laboral. Ya muy cerca de la jubilación, Antonio optó por luchar por su incapacidad permanente a través de la vía judicial.
Los abogados analizaron su caso y decidieron acudir a la vía judicial, una vez estudiadas las posibilidades de éxito. De este modo, el equipo de abogados de Antonio alegó que «tenía mucha carga a nivel visual porque pasaba muchas horas delante del ordenador. Así lo justificamos con informes médicos».
Por norma general, el INSS suele ser muy férreo a la hora de reconocer una incapacidad permanente a un trabajador en España. En este sentido, son muchos los ciudadanos que necesitan acudir a la vía judicial para obtener el reconocimiento de la pensión de incapacidad laboral o, como en este caso, una indemnización por incapacidad permanente parcial.
Antonio ha logrado una indemnización de 95.922 euros
Ahora, en 2025, Antonio ha conseguido el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial. En concreto, desde ‘CampmanyAbogados’ informan que «el juez determinó que las limitaciones de Antonio llegaban a un 36% de la escala wecker».
Además, los abogados añaden que «la sentencia dio la razón a Antonio y ha condenado al INSS a pagar una indemnización de 24 mensualidades de su base reguladora, que era de casi 4.000 euros».
Por tanto, Antonio recibirá una indemnización de 95.922 euros por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, debido al reconocimiento de la incapacidad permanente parcial a través de la vía judicial.
Se trata de un caso particular en el ámbito de las pensiones de incapacidad permanente, ya que esta indemnización por incapacidad parcial se reconoce al ciudadano aún estando ya jubilado. Sin embargo, son dos aspectos totalmente compatibles.
Los ciudadanos en España deben conocer que la jubilación es totalmente compatible con la incapacidad permanente parcial, en caso de que ésta derive de un periodo previamente trabajado.
En el caso de Antonio, a pesar de encontrarse muy cerca de la jubilación, no se rindió y continuó luchando por sus derechos. Una lucha que ha tenido recompensa con el reconocimiento de la incapacidad permanente parcial y el derecho a cobrar una indemnización de casi 96.000 euros.