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Adiós al Ingreso Mínimo Vital en 2024: estas personas lo van a perder y la Seguridad Social ya ha avisado

Debes estar atento porque quedan menos de dos meses para que la Seguridad Social lleve a cabo su evaluación a todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital

RD Tododisca RD Tododisca
11/10/2023 08:00 - Actualizado 04/06/2025 21:10
Prestaciones
Ayuda de 200 euros, Hacienda, reclamar, Agencia Tributaria

Hacienda recomienda no reclamar de momento la ayuda de 200 euros

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda económica contemplada para garantizar unos ingresos básicos a personas que estén en riesgo de vulnerabilidad. Se trata de una prestación no contributiva para quienes no llegan a un mínimo básico de ingresos con los que poder mantener un nivel de vida digno. Sin embargo, hay quienes pueden perder pronto esta ayuda.

Y es que la Seguridad Social, ya ha confirmado que como cada año, en el próximo mes de diciembre comenzará a revisar la renta actual de los beneficiarios. Esto significa, que llevará a cabo una evaluación exhaustiva de de las rentas que perciben las personas que están recibiendo esta ayuda y que eliminará esta concesión, a todo aquel que no cumpla los requisitos.

Pues aunque el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se concede de forma indefinida, deben cumplirse unos requisitos para seguir percibiéndose. Es decir, el objetivo principal que no se debe perder, es que está dirigido a personas en riesgo de pobreza, por tanto, si alguien sale de esa situación, esta ayuda no tiene ya razón de ser. Por este motivo, aunque se concede con carácter indefinido, debe revisarse cada año.

Pero, ¿Cómo lleva la Seguridad Social a cabo este control anual? Mediante la Declaración de la Renta o el IRPF del beneficiario. Por este motivo, las personas que reciben esta prestación, tienen la obligación de presentar anualmente su declaración de rentas o el IRPF ante la Agencia Tributaria. Una vez la Seguridad Social percibe esos datos, decide si el beneficiario seguirá cobrando la prestación o no.

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PERDER EL INGRESO MÍNIMO VITAL EN LA REVISIÓN ANUAL

Es lógico pensar que si el objeto del Ingreso Mínimo Vital (IMV) es ayudar a todas aquellas personas en riesgo de pobreza y exclusión social, cuando salen de dicha situación y obtienen otros ingresos, se les retire la ayuda. De igual modo puede pasar, si su situación empeora y se estima aumentar la ayuda. Por tanto, el fin de la revisión anual que realiza la Seguridad Social a todos los beneficiarios no es otro que ajustar la ayuda lo máximo posible a la circunstancia actual del beneficiario.

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La Seguridad Social determina cada año si una persona debe seguir recibiendo el Ingreso Mínimo Vital

De este modo, una vez se lleva a cabo la revisión de la situación actual de la unidad de convivencia del solicitante y se revisan los ingresos, pueden darse tres circunstancias. En primer lugar, que se aumente el importe de la ayuda si la situación ha empeorado. Si todo siguiera igual, se mantendría la prestación. Sin embargo, en caso de mejora de la situación económica del beneficiario, la Seguridad Social podría optar por la retirada del IMV.

Cabe señalar, que en caso de retirada de la prestación, si el beneficiario considera en pocos meses que su situación ha vuelto a emporar, tiene el derecho total y absoluto de volver a solicitar la ayuda. En cualquier caso, cualquier cambio en la concesión del IMV entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024.

ASÍ PUEDES SOLICITAR EL IMV

Si estás pasando por una mala situación económica, el Gobierno de España tiene a tu disposición la posibilidad de solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Sin embargo, hay que tener en cuenta que el fin de esta ayuda es que llegue a quienes realmente lo necesiten. Con este objetivo, es imprescindible cumplir con los requisitos establecidos. Estos son:

  • Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, salvo excepciones (los menores incorporados a la unidad de convivencia, las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual y las mujeres víctimas de violencia de género).
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo cual se acredita teniendo en consideración el patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas.
  • Que la unidad de convivencia esté formada, al menos, desde hace seis meses.

Estos requisitos son indispensables para acceder a la ayuda. No obstante, si los cumples, solo tienes que acceder al formulario facilitado por la Seguridad Social para solicitar el IMV en el que deberás aportar tus datos personales, una foto tuya y otra del documento de identificación (DNI o NIE) para verificar la identidad y un correo electrónico a través del cual, se hagan las comunicaciones.

Adiós al Ingreso Mínimo Vital en 2024: estas personas lo van a perder y la Seguridad Social ya ha avisado
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Temas: Ingreso Mínimo Vital
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