El Tribunal Supremo ha unificado la doctrina y ha señalado que es posible reconocer una pensión de incapacidad permanente a los ciudadanos que se hayan accedido a la jubilación anticipada por discapacidad. Este es un aspecto de gran relevancia de cara al acceso a una pensión de incapacidad y en relación a la modalidad de jubilación anticipada.
Hasta el momento, la Sala de lo Social, contemplaba que acceder a una pensión de incapacidad permanente desde una situación de jubilación anticipada, ocasionaba una «doble discriminación positiva». Sin embargo, desde el Tribunal Supremo resaltan que se trata de una discriminación negativa, en caso de que no pudiera producirse este hecho.
Para determinar la posibilidad de acceso a una incapacidad permanente desde la jubilación anticipada por discapacidad, los magistrados del supremo han partido de un caso real. Se trata de la situación de un vendedor de la ONCE (Organización Nacional de Ciegos Españoles) que trabajó entre 1998 y 2015. Este trabajador accedió a la jubilación anticipada por discapacidad.
De la jubilación anticipada a la incapacidad permanente
En su momento, este hombre solicitó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente. No obstante, el INSS denegó la solicitud del trabajador, alegando que las lesiones que padecía se originaron de forma anterior a la afiliación en la Seguridad Social.
A partir de aquí, el Supremo planteaba la posibilidad de reconocer una incapacidad permanente a una persona que ya había accedido previamente a la jubilación anticipada por motivo de discapacidad. Eso sí, siempre dándose el caso de que la persona en cuestión no haya alcanzado los 65 años de edad.
Así, el tribunal ha terminado dando la razón a este extrabajador de la ONCE. En este sentido, ha desestimado el recurso de casación que presentó al INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja.
Esta situación de acceso a la incapacidad permanente desde una jubilación anticipada por discapacidad se ratifica por el Tribunal Supremo en una sentencia del 27 de abril de 2022, a la que ha tenido acceso ‘Europa Press‘ y que rescatamos desde ‘Todo Disca‘.
La Justicia aclara la situación
En este sentido, el Tribunal Supremo «venía manteniendo una constante doctrina, en virtud de la cual consideraba que no cabía acceder a la incapacidad permanente desde la situación de jubilación anticipada concedida en virtud de la aplicación de coeficientes reductores por razón de discapacidad».
Sin embargo, en esta ocasión, los magistrados del Supremo han determinado que «no ha establecido otro requisito que el de una determinada edad para acceder a la prestación de incapacidad permanente, de forma que no impide su acceso desde una situación de jubilación anticipada, ni distingue entre las causas o presupuestos de ese tipo de jubilación para acceder a la incapacidad permanente»,
Por tanto, esta resolución del Tribunal Supremo podría abrir un precedente importante para los ciudadanos, ya que si cabría la posibilidad de acceder a una pensión de incapacidad permanente desde una situación de jubilación anticipada, al menos concedida por discapacidad.