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Cuidado, se acaba el plazo para presentar este trámite y mantener el Ingreso Mínimo Vital

Si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV) tienes hasta el 1 de julio para realizar este trámite y no perder esta prestación económica

Lidia Orellana Mayor Lidia Orellana Mayor
05/06/2024 17:00 - Actualizado 05/06/2025 09:46
Prestaciones
Atento a este trámite si no quieres perder el Ingreso Mínimo Vital

Atento a este trámite si no quieres perder el Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital (IMV), es una prestación económica gestionada por la Seguridad Social que estableció el Gobierno de España en 2020 para ayudar a todas aquellas personas en riesgo de pobreza y exclusión social. Se trata de una aportación económica que se ingresa de manera mensual, para que las personas sin recursos puedan cubrir sus necesidades básicas. Cabe recordar, que a esta ayuda pueden acceder tanto personas en situación de desempleo, como aquellos trabajadores cuyo salario no alcanza unos mínimos.

El objetivo del Ingreso Mínimo Vital (IMV), es claro: No permitir que ningún ciudadano en España caiga en una situación de vulnerabilidad económica por falta de recursos. Con el fin de cumplir este objetivo y que no se beneficien de la ayuda personas que no estén en esa situación, la Seguridad Social tiene establecidos una serie de requisitos de obligado cumplimiento. Pero no solo eso, estas premisas deben cumplirse y mantenerse mientras se reciba la ayuda, de lo contrario, el beneficiario perdería el derecho a la misma.

Trámite obligatorio para mantener el Ingreso Mínimo Vital

Uno de esos requisitos obligatorios que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) tienen que cumplir si quieres seguir percibiendo esta ayuda, es la de presentar la declaración de la Renta. Un trámite que al igual que para el resto de personas y trabajadores del país, sirve para rendir cuentas a Hacienda sobre las rentas que hemos percibido a lo largo de un año.

 Debes presentar la declaración de la Renta para no perder el Ingreso Mínimo Vital
Debes presentar la declaración de la Renta para no perder el Ingreso Mínimo Vital

Cabe recordar, que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) es «una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas». Es por esto, que la Seguridad Social obliga a realizar este trámite tanto a los beneficiarios del IMV, como al resto de componentes del núcleo familiar.

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Por tanto, si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV), debes saber que tienes hasta el 1 de julio para presentar la declaración de la Renta, si no quieres perder esta ayuda. No obstante, existe una excepción. Las personas que comenzaron a cobrar esta prestación a partir del 1 de enero del 2024, están exentos de presentar la declaración de la Renta en esta campaña. Sin embargo, sí deberán hacerlo a partir de la próxima campaña.

¿Quién debe presentar la declaración de la Renta?

La Seguridad Social establece que «todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que formen parte de la Unidad de Convivencia que lo percibe, y no solo el titular, tienen la obligación de realizar la Declaración de la Renta del año en que percibieron la prestación, así como presentar la declaración del IRPF». Y es que el importe establecido cuando se concede esta ayuda, varía en función, entre otras cosas, de los miembros que formen la unidad familiar.

Así que si no quieres tener problemas y perder el Ingreso Mínimo Vital (IMV), debes conocer las fechas para confeccionar la declaración de Renta y Patrimonio 2023 que están disponibles desde la publicación del calendario de la AEAT y son las siguientes:

  • 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
  • 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
  • 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionarle su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).
Cuidado, se acaba el plazo para presentar este trámite y mantener el Ingreso Mínimo Vital
Lidia Orellana Mayor
Sobre el autor ▼
Soy licenciada en periodismo por la Universidad Europea de Madrid. Cuento con un Máster en Márketing Digital y RRSS, y un experto en gabinetes de comunicación política. Mi primera etapa profesional, la ocupé trabajando como redactora en medios de comunicación como Antena 3. Con objeto de conocer la 'otra parte' de la profesión, más tarde me especialicé en gabinetes de comunicación, trabajando en la planificación de estrategias de diversas empresas privadas y partidos políticos. Actualmente, aunando mi experiencia y mi pasión por escribir, soy redactora de las secciones de sociedad, empleo y prestaciones de Tododisca.
Temas: Declaración de la RentaHaciendaIngreso Mínimo Vital
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