Tododisca
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
No Result
View All Result
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
Tododisca
No Result
View All Result

Si no cumples este trámite dejarás de cobrar la pensión no contributiva de jubilación

Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva de jubilación deben completar este trámite antes del 31 de marzo de 2024

Alejandro Perdigones Alejandro Perdigones
17/02/2024 19:00 - Actualizado 04/06/2025 23:39
Prestaciones
Pensión no contributiva de jubilación

Pensión no contributiva de jubilación./ Licencia Adobe Stock

Las personas que cobran una pensión no contributiva de jubilación en España deben realizar un trámite básico antes del 31 de marzo para no perder el derecho a seguir cobrando su pensión. Así lo recuerdan desde el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).

Desde el IMSERSO recuerdan que «la pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».

Se trata de una modalidad de pensión de jubilación que se puede cobrar incluso sin haber cotizado nunca a la Seguridad Social. Eso sí, la cuantía a recibir es mucho más baja en comparación con una pensión contributiva de jubilación.

Requisito clave para no perder la pensión no contributiva de jubilación

Uno de los requisitos básicos para tener derecho a cobrar la pensión no contributiva de jubilación, es tener carencia de rentas. Para este año 2024, existe consideración de carencia de rentas cuando los ingresos en cómputos anuales para un beneficiario individual son inferiores de 7.250,60 euros al año.

Noticias Relacionadas
Pago pension paga extra noviembre 2023
Cambios importantes en la fecha de pago de la paga extra de navidad para pensionistas
Cambio del Gobierno en la devolución del IRPF a mutualistas jubilados jubilación
El Gobierno aprueba un cambio importante en la devolución de 4.000 euros a los mutualistas jubilados
Requisitos de ingresos para la pensión no contributiva de jubilación
Pensión no contributiva de jubilación./ Licencia Adobe Stock

Precisamente, 7.250,60 euros al año es el nuevo importe anual de la pensión no contributiva de jubilación para el año 2024, tras la revalorización del 6,9% aprobada por el Gobierno de España en 2024.

La pensión no contributiva de jubilación se devenga en 14 pagas al año, ya que cuenta con dos pagas extraordinarias. De este modo, el nuevo importe mensual de esta pensión es de 517,90 euros.

Por tanto, las personas beneficiarias de una pensión no contributiva de jubilación están obligadas a presentar una declaración de los ingresos o rentas computables de la unidad de convivencia cada año.

Esta declaración se debe realizar durante el primer trimestre del año, respecto a los ingresos computables de la unidad de convivencia en relación al año anterior; así como posibles variaciones y previsiones referentes al año en curso.

Hay que tener en cuenta que los requisitos de carencia de rentas varían en función del número de personas que figure en la misma unidad de convivencia de la persona perceptora de la pensión no contributiva de jubilación.

Consecuencias de no completar el trámite

Desde el IMSERSO señalan que «el formulario de declaración anual de rentas o ingresos es remitido por el órgano competente de la gestión de estas pensiones en función de su domicilio (Comunidades Autónomas/Direcciones Territoriales del Imserso) al pensionista y éste está obligado a presentarlo cumplimentado en el primer trimestre del año».

Así, no presentar esta declaración anual en el plazo correspondiente puede tener importantes consecuencias para la persona perceptora de la pensión no contributiva de jubilación. Entre otras cosas, se producirá la suspensión del pago por parte de la Seguridad Social.

Sin embargo, existe la posibilidad de que se rehabilite el correspondiente pago. Para ello, el ciudadano tendrá que presentar la declaración anual de ingresos ante el IMSERSO y demostrar que sigue cumpliendo con los requisitos oportunos para continuar cobrando la pensión no contributiva de jubilación.

Eso sí, siempre con «una retroactividad máxima de noventa días naturales a contar desde la fecha en que se presente la declaración y se acredite que reúne todos los requisitos exigidos», tal y como aclaran desde el IMSERSO.

Si no cumples este trámite dejarás de cobrar la pensión no contributiva de jubilación
Alejandro Perdigones
Sobre el autor ▼
Periodista. Estudié el grado de periodismo en la Universidad de Sevilla (US), finalizando la carrera en 2019. Desde entonces, he trabajado en diferentes Medios de Comunicación, especializándome en la redacción de noticias como EL MIRA. Me apasiona el periodismo. Actualmente me encargo de la redacción de contenidos en Tododisca, especializado en discapacidad, pensiones, prestaciones y trámites relacionados con la Seguridad Social.
Temas: Jubilación
Noticias Relacionadas
AMEB reclama incluir la espina bífida como patología para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad
AMEB reclama incluir la espina bífida como patología para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad
Cómo afectan los trimestres cotizados al momento de jubilarme
¿Cómo afectan los trimestres cotizados al momento de jubilarme?
Nueva regulación para aplicar coeficientes reductores para adelantar la edad de jubilación
El Gobierno aprueba un Real Decreto para regular la jubilación anticipada en trabajos penosos o peligrosos
Dinamarca eleva la edad de jubilación ordinaria a 70 años para 2040
Dinamarca elevará la edad de jubilación a 70 años a partir de 2040
  • Aviso legal
  • Buenas prácticas editoriales y ética
  • Política de correcciones
  • Política de cookies y privacidad
  • Quienes somos
  • Mapa de Sitio
  • Contacto
  • Branded Content

© 2025 Tododisca S.L.U.

  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones

© 2025 Tododisca S.L.U.