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Adiós a la pensión: aquellos jubilados que no entreguen este documento antes del 31 de marzo la puede perder

Esta medida está contemplada para los jubilados que residan en el extranjero

Sara Caro Sara Caro
14/02/2024 23:03 - Actualizado 04/06/2025 23:16
Prestaciones
Los jubilados deberán entregar este documento antes del 31 de marzo para no perder la pensión

Los jubilados deberán entregar este documento antes del 31 de marzo para no perder la pensión

La Seguridad Social ha emitido un comunicado dirigido a los jubilados con el fin de asegurar la continuidad de su pensión contributiva en 2024. En este comunicado detallan que es esencial presentar un documento específico para garantizar el derecho al cobro de la pensión de jubilación.

Este aviso se aplica a todos los beneficiarios de pensiones de la Seguridad Social española que viven en el extranjero. Por lo tanto, aquellos jubilados que reciben una pensión de la Seguridad Social y residen en España no están obligados a tramitar este documento.

Nos referimos a la validación de la vivencia, también conocida como el documento de fe de vida. En consecuencia, los pensionistas y jubilados que residen en el extranjero deben demostrar anualmente que siguen con vida y, por ende, mantienen el derecho de recibir su pensión.

El documento que exige la Seguridad Social para no perder la pensión

El Gobierno de España informa que se ha iniciado el período para que los pensionistas de la Seguridad Social española que viven en el extranjero puedan validar su estado de vida. Es importante destacar que este procedimiento se dirige exclusivamente a los pensionistas que tienen residencia en el extranjero; aquellos que residen en España no están obligados a llevar a cabo este trámite.

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Los jubilados y pensionistas que estén obligados a realizar este procedimiento deben completarlo antes del 31 de marzo de 2024. De lo contrario, podrían poner en peligro su derecho a seguir percibiendo su pensión de jubilación u otra pensión contributiva de la Seguridad Social.

Este trámite debe llevarse a cabo anualmente, durante el primer trimestre de cada año. Consiste en obtener una fe de vida emitida por la Autoridad Competente del país de residencia en el año correspondiente, como requisito para mantener el derecho a recibir la pensión reconocida al usuario.

Para aquellos pensionistas y jubilados que residen en el extranjero, existen diversos medios para acreditar la vivencia. Pueden hacerlo ante los Encargados del Registro Civil Consular, a través de comparecencia presencial o telemática ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Ahora, en el año 2024, la Seguridad Social ha lanzado la aplicación ‘VIVESS’, una herramienta gratuita que permite a los usuarios presentar su documento de fe de vida mediante sus teléfonos móviles.

Cómo usar la aplicación ‘VIVESS’

Cómo usar la aplicación 'VIVESS'
Cómo usar la aplicación ‘VIVESS’

La Seguridad Social anuncia que, por primera vez este año, se puede llevar a cabo el procedimiento mediante la aplicación ‘VIVESS’, una herramienta gratuita que se encuentra disponible para su descarga en la plataforma de aplicaciones móviles Google Play, para smartphones con sistema operativo Android, o en la App Store, en caso de dispositivos iOS. Después de la instalación, podrás registrarte y completar el trámite de acreditación de la vivencia sin necesidad de desplazamientos ni envíos postales.

Una vez finalizado el procedimiento mediante la nueva aplicación, el pensionista recibirá un comprobante que certificará la correcta presentación del documento de fe de vida. De este modo, podrá seguir percibiendo su pensión sin dificultades.

La aplicación ‘VIVESS’ es completamente gratuita, ya que ha sido desarrollada por la Seguridad Social con el objetivo de facilitar la presentación de este trámite a los pensionistas que residen en el extranjero.

En el caso de no validar la vivencia dentro del plazo establecido por la Seguridad Social, la pensión del usuario correspondiente quedará suspendida hasta que se acredite su vivencia, conforme a lo establecido en la normativa del sistema de pensiones español.

Adiós a la pensión: aquellos jubilados que no entreguen este documento antes del 31 de marzo la puede perder
Sara Caro
Sobre el autor ▼
Graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y con un Máster en SEO/SEM, me ocupo de optimizar el contenido para llegar mejor a todos los lectores. Anteriormente he colaborado en otros medios de comunicación conocidos como, por ejemplo, Okdiario o el grupo Merca2, así como en Agencias eCommerce dedicándome a la parte del contenido para clientes.
Temas: JubilaciónPensión
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