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Incapacidad permanente vs jubilación: ¿Con qué pensión se cobra más?

En determinados casos, el ciudadano debe elegir entre cobrar la pensión de incapacidad permanente o la pensión de invalidez

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RD TODODISCA
27/11/2023 06:22
Prestaciones
Cobrar pensión de incapacidad permanente

Cobrar pensión de incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

Tanto la pensión de jubilación como la pensión de incapacidad permanente forman parte de las pensiones contributivas del sistema español. Así, hay que tener en cuenta que ambas pensiones no se pueden compatibilizar en caso de que pertenezcan al mismo régimen de la Seguridad Social.

Con todo ello, el Gobierno de España establece cada año una cuantía de pensión máxima que pueden cobrar los ciudadanos en España. En 2023, el importe de pensión máxima es de 3.059 euros al mes. Así, constituye una cantidad de 42.829 euros al año en 14 pagas.

Es necesario conocer la relación que existe entre una pensión de jubilación y una pensión de incapacidad permanente, ya que puede llegar el momento en el que el usuario deba elegir entre percibir una u otra.

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INCAPACIDAD PERMANENTE VS JUBILACIÓN

Puede darse el caso de que una persona beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente alcance la edad de jubilación con derecho a cobrar una pensión contributiva de jubilación.

Cobrar pensión de incapacidad permanente
Cobrar pensión de incapacidad permanente o jubilación./ Licencia Adobe Stock

En estas situaciones, el ciudadano deberá decidir entre seguir cobrando la pensión de incapacidad permanente o pasar a recibir la pensión contributiva de jubilación que le corresponda.

Si decide seguir cobrando la pensión de incapacidad permanente, a partir de ese momento, dicha pensión tendrá consideración de pensión de jubilación para la Seguridad Social. Además, una vez alcanzada la edad de jubilación, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ya no tendrá potestad para revisar la incapacidad permanente.

La decisión no siempre es sencilla para el trabajador, ya que se deben analizar ciertos factores. No obstante, el elemento más determinante se encuentra en la cuantía a percibir por cada una de las pensiones.

En este sentido, es conveniente prestar atención a la base reguladora que percibirá el trabajador con la pensión de incapacidad permanente y cuánto le corresponderá con la pensión de jubilación.

¿CON CUÁL SE COBRA MÁS?

El grado de invalidez reconocido por parte del INSS es un factor fundamental para decidirse entre seguir cobrando la pensión de incapacidad permanente o pasar a percibir la pensión de jubilación.

Para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación, la Seguridad Social exige una cotización de, al menos, 15 años a la Seguridad Social. Sin embargo, con dicha cotización solamente se tiene derecho a un 50% de la base reguladora.

En 2023, para tener derecho a cobrar el 100% en la pensión contributiva de jubilación, es obligatorio haber cotizado a la Seguridad Social durante 36 años y seis meses como mínimo.

Por tanto, el ciudadano deberá tener en cuenta los años cotizados a la Seguridad Social y la base reguladora que cobra habitualmente por su pensión de incapacidad permanente.

Los expertos recomiendan analizar cada caso de manera particular, ya que existen matices que pueden determinar la balanza hacia una u otra pensión. Sin embargo, existen situaciones que son más fáciles de establecer.

Así, por norma general, para las personas que cobran una incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez, siempre será más beneficioso seguir con la pensión de incapacidad, ya que recibirán una pensión del 100% de su base reguladora o incluso superior.

En el caso de una incapacidad permanente total, las posibilidades son más amplías; especialmente si el ciudadano se encuentra en paro o en alta en el momento de tener derecho a la pensión de jubilación. Normalmente, la cuantía de la pensión de invalidez total se corresponde con el 55% de la base reguladora del trabajador.

Sea como fuere, será necesario analizar cada situación de forma individual. En algunos casos, la cuantía de la pensión contributiva será mayor y en otras situaciones el importe de la pensión de invalidez será superior.

Temas: Incapacidad Permanente
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