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Los autónomos tienen hasta el 31 de octubre para hacer esto: ¿están realmente obligados?

Todos los trabajadores autónomos no están obligados a comunicar a la Seguridad Social sus rendimientos netos obtenidos en el curso anterior

RD Tododisca RD Tododisca
14/10/2023 17:00 - Actualizado 04/06/2025 21:10
Prestaciones
Alta como trabajador autónomo

Alta como trabajador autónomo./ Licencia Adobe Stock

El próximo 31 de octubre es una fecha de gran importancia para los más de tres millones de autónomos en España. Según la reforma que comenzó a tejerse en el mes de enero, están obligados a informar a la Tesorería General de la Seguridad Social antes de esa fecha sobre sus ingresos netos totales del año anterior.

Este requisito tiene como propósito calcular y regularizar la contribución definitiva al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de acuerdo con sus ingresos reales. Esta responsabilidad se aplica a todos los autónomos, tanto a los titulares de negocios como a sus colaboradores, incluyendo a los autónomos societarios.

Es importante recordar que esta reforma se aprobó con la finalidad de establecer la cotización a la Seguridad Social de este grupo significativo «según sus ingresos reales», en contraposición a la regulación previa que se basaba únicamente en la elección de las bases de cotización.

¿Están todos los autónomos obligados a informar a la Seguridad Social?

La Seguridad Social ha confirmado que la Ley no requiere que los autónomos en general informen sobre sus ingresos netos previstos antes de comenzar a cotizar según sus ingresos reales. Según la Tesorería, esta comunicación es obligatoria únicamente en dos situaciones: para los autónomos que se hayan registrado en 2023 y para aquellos que hayan cambiado o estén considerando cambiar voluntariamente su base de cotización.

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Fin del IVA para los autónomos./ Licencia Adobe Stock

Además de los dos escenarios mencionados, las fuentes de la Seguridad Social subrayaron que «no existen otras circunstancias que requieran esta obligación» de informar sobre los ingresos previstos.

Por lo tanto, y en consecuencia, los autónomos que ya estuvieran registrados antes de 2023 o que no tengan intención de modificar su base de cotización no están obligados a comunicar sus previsiones de ingresos.

«Ni en este momento ni antes del 31 de octubre. Pueden optar por que la Seguridad Social regule sus contribuciones», explicó Celia Ferrero, Vicepresidenta de ATA y una de las personas que participaron en la negociación y elaboración del Real Decreto Ley 13/2022, que establece el nuevo sistema de cotización según ingresos reales.

Así que si no has comenzado a ser autónomo en el año 2023 y no has cambiado tu base de cotización, no tendrás que acogerte a esta nueva norma de la Seguridad Social, reservada solo para los grupos que hemos comentado.

No obstante, es posible que dentro de algunos meses veamos una nueva reforma. Es por eso por lo que siempre debemos estar atentos a las novedades de la Seguridad Social.

Los autónomos tienen hasta el 31 de octubre para hacer esto: ¿están realmente obligados?
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Temas: Seguridad Social
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