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Los riesgos de cobrar el Ingreso Mínimo Vital – puedes perderlo por estos motivos

Desde la Seguridad Social señalan que las personas que perciben el Ingreso Mínimo Vital pueden perder la ayuda por diferentes motivos

RD Tododisca RD Tododisca
25/07/2023 09:30 - Actualizado 27/06/2024 17:11
Prestaciones
José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones Ingreso Mínimo Vital

José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

La Seguridad Social es el organismo que se encarga de la gestión del Ingreso Mínimo Vital, una ayuda que busca prevenir el riesgo de pobreza. Al igual que todas las prestaciones, la persona que la recibe puede perder la ayuda o la organización se la puede suspender. Eso es lo que vamos a ver en este artículo.

Desde la Seguridad Social señalan que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».

Desde la página web de la institución aseguran que este, se configura como un derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social. De este modo, garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.

Motivos por los que se puede suspender el Ingreso Mínimo Vital

Desde la Seguridad Social señalan que existen diferentes motivos por los que se puede perder el Ingreso Mínimo Vital. Una de las maneras de perderlas es a través de la suspensión, que puede deberse a diferentes causas. Una de ellas es muy sencilla, y es que se pierda la prestación por no cumplir con alguno de los requisitos imprescindibles para cobrar el Ingreso Mínimo Vital. Otra puede ser el motivo de incumplir de forma temporal (tanto el beneficiario como las personas de su unidad de convivencia) alguna de las obligaciones exigidas a la hora de cobrar el Ingreso Mínimo Vital.

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Igualmente, si la Seguridad Social ve que existen indicios de incumplimientos de obligaciones o requisitos, tanto por el beneficiario como por su unidad de convivencia. Se debe de tener en cuenta que la suspensión, en este caso, se trataría de una medida cautelar.

Jose Luis Escriva Seguridad SOcial Ingreso Mínimo Vital
José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, preocupado ante la situación del Ingreso Mínimo Vital | EUROPAPRESS

Otra medida cautelar puede ser la suspensión cuando un ciudadano se traslada al extranjero por un periodo menor a 90 días sin comunicárselo a la Seguridad Social o sin justificación.

También existen otros motivos que pueden provocar que se suspenda la prestación del Ingreso Mínimo Vital, como puede ser:

  • No presentar la declaración de la Renta durante dos ejercicios consecutivos.
  • Incumplir los límites de renta y de patrimonio.
  • Cualquier otra causa que se establezca de forma reglamentaria.

Finalmente, la Seguridad Social señala que el Ingreso Mínimo Vital puede ser suspendido también cuando no se entrega en el plazo establecido la comunicación del mantenimiento o la modificación de los certificados expedidos por servicios sociales o las organizaciones del tercer sector cuando así se prevea. Esta es una medida cautelar, que cuando se presente esos documentos, volverá a estar activa la prestación.

¿Por qué me pueden extinguir el Ingreso Mínimo Vital?

Además de la suspensión, la Seguridad Social tiene la competencia de extinguir de forma definitiva el Ingreso Mínimo Vital. Esta se puede deber a varias cosas, como:

  • Renunciar a la ayuda
  • Fallecimiento del titular de la prestación
  • Mantener durante un año la suspensión del Ingreso Mínimo Vital 
  • Resoluciones recaídas en un proceso sancionador
  • Cualquier otra causa que determine de forma reglamentaria

También puede ser extinguida cuando la persona pierda de forma definitiva alguna de las obligaciones o requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital. Otro ejemplo es cuando se incumpla de forma reiterada las condiciones para la compatibilidad de esta ayuda con el desarrollo de un trabajo por cuenta propia o ajena.

En caso de que se produzca la extinción del Ingreso Mínimo Vital, tendrá lugar a partir del primer día del mes siguiente al de la causa de la extinción (o en el que el organismo tenga conocimiento de ella).

Los riesgos de cobrar el Ingreso Mínimo Vital - puedes perderlo por estos motivos
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Temas: Ingreso Mínimo VitalSeguridad Social
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