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La incapacidad permanente no es para siempre – consecuencias

La Seguridad Social informa de que puede cancelar una pensión por incapacidad permanente por diferentes motivos

RD Tododisca RD Tododisca
24/07/2023 09:30 - Actualizado 27/06/2024 16:48
Prestaciones
La Seguridad Social puede cancelar una pensión por incapacidad permanente

La Seguridad Social puede cancelar una pensión por incapacidad permanente

Debemos de tener en cuenta de que si una persona recibe la incapacidad permanente, esta es una prestación que puede ser que no reciba para siempre, si no que puede llegar a ser revisada y la persona la puede perder. Así lo informa la Seguridad Social, que es el órgano que se encarga de la gestión de esta prestación.

A diferencia de otras prestaciones, como la pensión por jubilación, la incapacidad permanente está siempre pendiente de revisiones. Entonces, al ser revisables, también pueden ser retiradas. Aunque también pueden perderse por otros motivos, como ejercer un trabajo no compatible que fuerce una revisión.

Desde la Seguridad Social señalan que la incapacidad permanente «es una prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado smetido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral».

¿Pueden quitarme la incapacidad permanente?

Debemos de tener en cuenta que existen multitud de opciones que nos pueden hacer quedarnos sin incapacidad permanente. Una de ellas, como hemos visto, pasa por no pasar cualquiera de las revisiones pertinentes.

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En este sentido el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el órgano que se encarga de llevar a cabo las revisiones de la incapacidad permanente. Tras la primera revisión, algunos pensionistas van pasando diferentes revisiones de grado cada cierto tiempo, mientras que a otros no se les suele revisar nunca más. Los expertos señalan que esto depende de las dolencias concretas, y de si son susceptibles o no de mejorar. Eso sí, nunca se ha de descartar esa posibilidad, para evitar sorpresas desagradables.

El Tribunal Médico es el organismo de la Seguridad Social que decide si una persona puede optar a una incapacidad permanente
El Tribunal Médico es el organismo de la Seguridad Social que decide si una persona puede optar a una incapacidad permanente | CANVA

Sin embargo, cuando llega la edad de jubilación ordinaria, fijada en 2023 en 66 años y cuatro meses, el INSS no vuelve a llamar a ese pensionista a revisión, ya que en ese momento la pensión se convierte en vitalicia.

Otras maneras de perder la incapacidad permanente

Pero desde la Seguridad Social señalan que existen otras maneras de perder la incapacidad permanente más allá de las revisiones. Por ejemplo, una va asociada a trabajar en la misma profesión que generó la incapacidad. Si una persona que trabajaba de albañil consiguió la incapacidad para su oficio debido a una lesión en las manos y vuelve a trabajar como albañil mientras recibe la ayuda, se le cancelaría la pensión.

Igualmente, si comienza a trabajar como masajista, donde el principal activo son sus manos, lo más probable es que también pierda su incapacidad. Esto se debe a que la enfermedad de sus manos fue el origen de su prestación y este nuevo empleo también implica un esfuerzo manual. Antes este tipo de situaciones, la Seguridad Social no duda en retirar una pensión.

Además, existen otras maneras de perder la incapacidad permanente, como es:

  • Ignorar la llamada del tribunal del INSS para la revisión
  • No aportar informes actuales
  • Comportamiento no acordes con la incapacidad
  • Mejorar de la enfermedad o lesión que provocó la incapacidad
  • Error de diagnóstico
  • Cambiar de país sin fe de vida
  • Fraude, imprudencia o abandono

Para más información asociada a la incapacidad permanente puedes visitar la web oficial de la Seguridad Social.

 

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Temas: Incapacidad PermanentePensiónSeguridad Social
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