En la actualidad, las diferentes prestaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo se relacionan con la discapacidad. Así, la Administración ofrece diferentes ayudas por cuidado de hijos menores con discapacidad. El grado de discapacidad es un factor fundamental.
Además, la Seguridad Social también ofrece una ayuda a los padres que cuidan de hijos afectados por cáncer u otro tipo de enfermedad grave.
En cuanto a hijos menores a cargo, también destaca el complemento de ayuda a la infancia para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). La cuantía de esta ayuda es de 115 euros al mes por hijos entre 0 y 3 años de edad; 80,5 euros al mes por hijos entre 3 y 6 años; y 57,50 euros al mes por hijos entre 6 y 18 años de edad.
Ayuda por discapacidad de la Seguridad Social
Los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ explican que «las categorías y la cifra a cobrar con un hijo o menor a cargo con discapacidad, habiendo siempre una dependencia económica acreditada, pueden variar».

Para los menores de 18 años con una discapacidad igual al 33% o superior, la ayuda económica es de 1,000 euros al año. No existen límites de ingresos por otras vías para tener derecho a este tipo de ayudas de la Seguridad Social.
En el caso de mayores de edad con una discapacidad del 65% o superior, la cuantía es de 5.012,40 euros al año, repartidas en 12 pagas. Es decir, 417,70 euros al mes. En este caso tampoco existen límites de ingresos para su percepción.
Familias especiales
La Seguridad Social también habilita ayudas económicas para familias en los que los padres o madres tienen una discapacidad igual o superior al 65%. En este caso, corresponde una ayuda económica a tanto alzado de 1.000 euros.
Para este tipo de ayudas económicas de la Seguridad Social, que también guardan relación con la discapacidad, es necesario que se cumplan una serie de requisitos:
- Residir en España.
- No tener derecho a otras prestaciones de la misma naturaleza o de carácter público.
- No sobrepasar ciertos límites de ingresos al año.
Desde ‘CampmanyAbogados‘ indican que «en contrapartida, si los ingresos rebasan el tope estipulado, pero siguen siendo inferiores al resultado de sumar ese límite y el propio importe de la prestación, habrá un cobro pero menor. Se abonará la diferencia entre los ingresos del beneficiario y esa suma que hemos hallado».
Cuidado por enfermedad
Las ayudas de la Seguridad Social por cuidados de hijos con cáncer u otra enfermedad, tienen otras características diferentes.
Hay que tener presente que este tipo de ayudas se concede a personas que deben reducir, al menos, un 50% su jornada laboral para el cuidado de su hijo enfermo. Es una fórmula que aplica la Seguridad Social para neutralizar la pérdida de ingresos.
Esta ayuda sólo se puede reconocer a uno de los progenitores. Además, la solicitud se deberá realizar a través de la mutua, aunque posteriormente el pago corresponda a la mutua o a la Seguridad Social.
En teoría, la prestación de la Seguridad Social por cuidado del hijo con enfermedad se aplica para niños menores de edad. Sin embargo, en determinados casos puede prorrogarse hasta los 23 años.






