En determinados casos, puede existir una reserva del puesto de trabajo tras el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente. Sin embargo, no siempre existe la posibilidad de que se establezca esta reserva del puesto de empleo que ejercía el ciudadano en el momento del hecho causante.
Hay que tener en cuenta que la incapacidad permanente tiene, a priori, carácter definitivo. No obstante, en algunos casos puede darse una mejoría que provoque la pérdida del derecho a la pensión y el regreso a la normalidad laboral.
Según los expertos de ‘CampmanyAbogados‘, especialistas en incapacidad laboral, «la reserva del puesto de trabajo en la incapacidad permanente tiene una duración de dos años tras el reconocimiento de la incapacidad, en caso de que se dictamine expresamente la previsión de mejoría tras ese tiempo».
Reserva del puesto de trabajo
El Estatuto de los Trabajadores en España establece una serie de situaciones en las que un trabajador tiene derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo. Entre estos supuestos se encuentra después de un periodo de incapacidad permanente.

Todas las pensiones de incapacidad permanente tienen carácter revisable, tanto por mejoría como por empeoramiento. Sin embargo, la reserva del puesto de trabajo del ciudadano puede establecerse o no.
Normalmente, cuando se concede una incapacidad permanente por la vía administrativa o vía judicial se determina una fecha de revisión de la pensión de invalidez. Las revisiones no tienen, por norma general, una periodicidad fija.
La revisión de la incapacidad permanente guarda una relación importante con la posibilidad de reserva del puesto de trabajo en la empresa. Desde ‘CampmanyAbogados‘ manifiestan que «si esa revisión prevista se fija a los dos años por posible mejoría, siendo entonces iniciativa de la propia Seguridad Social, el hasta ahora beneficiario de la incapacidad tendrá derecho tras la revisión a volver a desempeñar su anterior empleo».
Reserva por incapacidad permanente
Hay que tener en cuenta que el grado de invalidez no influye en la posibilidad de reserva del puesto de trabajo, a excepción de la incapacidad parcial que no implica el abandono del puesto de empleo en cuestión. Por tanto, se puede establecer la reserva en la incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta y en la gran invalidez.
La legislación española permite reincorporarse al trabajo en caso de que tras una revisión en los dos primeros años de incapacidad permanente se retire el derecho a la pensión por mejoría del ciudadano. A partir de los 24 meses con la incapacidad permanente reconocida, el empresario ya no tiene obligación de readmitir al trabajador en el puesto de empleo.
Si bien, también puede pasar que se respete el plazo de dos años y el trabajador vuelva a su empresa en un puesto de trabajo más adaptado a su nueva realidad. Eso sí, siempre por cortesía de la empresa con el propio trabajador.
Además, también existen convenios colectivos en las empresas que pueden marcar la obligatoriedad de asignar al antiguo beneficiario de incapacidad permanente un nuevo puesto en la empresa compatible con sus limitaciones.