Tododisca
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
No Result
View All Result
  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones
Tododisca
No Result
View All Result

Requisitos obligatorios para la incapacidad temporal por menstruación dolorosa

Las mujeres trabajadoras en España ya pueden solicitar la incapacidad temporal por menstruación incapacitante en el ámbito laboral

RD Tododisca RD Tododisca
04/06/2023 07:10 - Actualizado 01/07/2025 13:01
Prestaciones
Incapacidad temporal por menstruación

Incapacidad temporal por menstruación./ Licencia Adobe Stock

Desde el pasado 1 de junio de 2023, las mujeres ya pueden acogerse a la baja laboral por menstruación incapacitante secundaria. Es decir, las mujeres trabajadoras adquieren el derecho a la incapacidad temporal por menstruación dolorosa. Esta medida se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Además de la incapacidad temporal por menstruación incapacitante, también entran en vigor dos nuevas situaciones de baja laboral: Por interrupción del embarazo, sea voluntario o no, y a partir del primer día de la semana 39 de gestación hasta el momento del parto.

En concreto, el nuevo texto legal recoge tres nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes, con la finalidad de conciliar el derecho a la salud con el empleo de las mujeres. Desde la Seguridad Social argumentan que «el objetivo es ofrecer una regulación adecuada a estas situaciones con el fin de eliminar cualquier tipo de sesgo negativo en el ámbito laboral».

Requisitos de la baja laboral por menstruación

Hay que dejar claro que la nueva normativa no establece requisitos específicos para solicitar la incapacidad temporal por menstruación incapacitante. Sin embargo, es necesario que el médico de cabecera certifique dicho cuadro clínico.

Noticias Relacionadas
Casos en los que se puede acceder a una baja laboral por depresión en España
Casos en los que se puede acceder a una baja laboral por depresión en España
Perder la baja laboral por incapacidad temporal
Los errores más comunes para perder una incapacidad temporal en 2024
Incapacidad temporal por menstruación
Incapacidad temporal por menstruación./ Licencia Adobe Stock

Con la entrada en vigor de la nueva ley, la actual ministra de Igualdad, Irene Montero, ha ofrecido algunas de las claves sobre la baja laboral de las mujeres por menstruación dolorosa: «Desde hoy ya tienes derecho a la baja laboral por menstruaciones dolorosas, por interrupción voluntaria del embarazo y para las últimas semanas de gestación que aprobamos con la nueva Ley del Aborto, Salud Sexual y Reproductiva y Educación Sexual».

Irene Montero manifiesta que si la mujer trabajadora necesita solicitar la baja por alguna de las nuevas situaciones de incapacidad temporal, solamente es necesario que la mujer en cuestión se ponga en contacto con su médico de cabecera.

Uno de los aspectos importantes que matiza la ministra de Igualdad es que «para poder acceder a todos estos nuevos derechos, no necesitas haber cotizado antes a la Seguridad Social».

Nuevas situaciones de incapacidad temporal

Estas nuevas situaciones de incapacidad temporal presentan unas características particulares. En primer lugar, la baja laboral por estos nuevos casos serán remuneradas desde el primer día.

👉Si necesitas solicitar alguna de estas bajas, solo tienes que ponerte en contacto cuanto antes con tu médica o médico de cabecera.

👉Para poder acceder a todos estos nuevos derechos, no necesitas haber cotizado antes.

— Irene Montero (@IreneMontero) June 1, 2023


Además, están remuneradas directamente por parte de la Seguridad Social, con el objetivo de evitar una posible discriminación en caso de que el pago fuese responsabilidad de las empresas.

Respecto a la duración de la baja por menstruación dolorosa, la normativa no establece un límite máximo de días. Si bien, se estima que la duración máxima puede ser de unos 13 días.

En cuanto al reconocimiento de la incapacidad temporal por menstruación dolorosa, la mujer trabajadora deberá presentar el historial médico a su médico de cabecera para que éste pueda determinar si existe una incapacidad para tener derecho a la baja laboral.

Los médicos de cabecera también tienen potestad para, en determinados casos, reconocer un permiso con una validez anual. Dicho permiso tendrá que renovarse antes del último día de cada año.

Como conclusión, Irene Montero celebra la puesta en marcha de la nueva legislación: «la salud, los cuerpos y el tiempo de las mujeres importan. Se acabó invisibilizar la regla, trabajar empastillada, morir de dolor fingiendo que no pasa nada. Tener tiempo para cuidarte es ahora importante».

Requisitos obligatorios para la incapacidad temporal por menstruación dolorosa
RD Tododisca
Sobre el autor ▼
Equipo de redacción de Tododisca. Especializados en trámites, pensiones, jubilación, personas con discapacidad, dependientes, personas mayores y accesibilidad. Desde 2013, en Tododisca nos dedicamos a ayudar a todas las personas que necesitan información sobre trámites, ayudas o subsidios, todo ello asesorados por expertos en discapacidad y accesibilidad. El equipo está compuesto por especialistas en el sector de la economía, las prestaciones o el empleo para asesorar de la mejor forma a los lectores en cada momento.
Temas: Incapacidad Temporal
Noticias Relacionadas
El Tribunal reconoce que la infracotización justifica la revisión de la incapacidad temporal
El Tribunal reconoce que la infracotización justifica la revisión de la incapacidad temporal
Suben las bajas laborales al 4,4% en España, una de las tasas más altas de Europa
Suben las bajas laborales al 4,4% en España, una de las tasas más altas de Europa
Llevo 26 meses de baja, ¿cuándo me llamará el tribunal médico?
«Llevo 26 meses de baja laboral, ¿cuándo me llamará el tribunal médico?»
Francisco Martínez, asesor laboral: "3 cosas que debes sobre las bajas si eres autónomo"
Francisco Martínez, asesor laboral: «si vas a darte de baja laboral y eres autónomo, debes saber estas 3 cosas»
  • Aviso legal
  • Buenas prácticas editoriales y ética
  • Política de correcciones
  • Política de cookies y privacidad
  • Quienes somos
  • Mapa de Sitio
  • Contacto
  • Branded Content

© 2025 Tododisca S.L.U.

  • Discapacidad
  • Entrevistas
  • Accesibilidad
  • Deporte Adaptado
  • Sociedad
  • Empleo
  • Prestaciones

© 2025 Tododisca S.L.U.